Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0278/2020-S2 Sucre, 31 de julio de 2020
SALA SEGUNDA Magistrada Relatora: MSc. Brigida Celia Vargas Barañado Acción de libertad
Expediente: 32079-2019-65-AL Departamento: Santa Cruz
En revisión la Resolución 02/19 de 27 de noviembre de 2019, cursante de fs. 16 vta. a 21, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Wilfredo Pérez Aliaga en representación sin mandato de Roberto Mendoza Veliz contra María Luisa Saavedra Rioja, Jueza de Instrucción Penal Primera de Yapacaní del departamento de Santa Cruz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 26 de noviembre de 2019, cursante de fs. 1 a 3, el accionante a través de su representante manifestó que:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En el fenecido proceso penal que siguió el Ministerio Público en su contra por la comisión del delito de asesinato, cumplió la pena de seis años de reclusión en el Centro de Readaptación Productiva Okinawa de Montero del departamento de Santa Cruz; sin embargo, la Jueza demandada no libró el correspondiente mandamiento de libertad a su favor, pese a contarse con la Resolución 26/2019 de 14 de "octubre" -lo correcto es noviembre- (según los datos del sistema de Gestión Procesal de este Tribunal Constitucional Plurinacional), emergente de una primera acción de libertad pronunciada por el Tribunal de garantías que ordenó la emisión de dicho mandamiento; empero, "a la fecha" se resiste a su ejecución, alegando que tenía plazo para responder.
Por lo que se incumplió el art. 39 de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión (LEPS), que establece que cumplida la condena deberá concederse la libertad, así como el contenido jurisprudencial de la .
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