Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0291/2021-S2 Sucre, 13 de julio de 2021
SALA SEGUNDA Magistrada Relatora: MSc. Brigida Celia Vargas Barañado Acción de libertad
Expediente: 35088-2020-71-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 11/2020 de 12 de agosto, cursante de fs. 30 a 32 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Claudia Dolly Nájera Díaz en representación sin mandato de Miguel Ángel Siles Jora contra Genara Yolanda Pérez Mamani, Jueza de Sentencia Penal Decimosegunda de la Capital del departamento de La Paz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 11 de agosto de 2020, cursante de fs. 4 a 5 vta., el accionante a través de su representante refirió lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del fenecido proceso penal que le siguió el Ministerio Público, el 20 de julio de 2020, el Director Departamental de Régimen Penitenciario de La Paz, remitió a la Jueza de Sentencia Penal Decimosegunda de la Capital del citado departamento, ahora demandada, la Resolución-Amnistía 085/2020 de 14 de julio, quien mediante Auto Interlocutorio 101/2020 de 23 de similar mes, determinó la improcedencia de la homologación del beneficio de amnistía, con base en el argumento que solo contaba con treinta años; puesto que, no cumplía con los requisitos contenidos en el Decreto Presidencial 4226 de 4 de mayo de igual año; sin embargo, en esa disposición existía un vacío en relación a la edad mínima; asimismo, no se consideró que no estaba dentro las exclusiones referidas al existir un vacío legal; inobservando la aludida autoridad los principios de verdad material y de aplicación de lo más favorable.
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
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