Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0295/2020-S2 Sucre, 4 de agosto de 2020
SALA SEGUNDA Magistrada Relatora: MSc. Brigida Celia Vargas Barañado Acción de amparo constitucional
Expediente: 31439-2019-63-AAC Departamento: Beni
En revisión la Resolución 02/2019 de 19 de agosto, cursante de fs. 20 a 23 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Carlos Alberto Velarde Antelo contra Jorge Añez Claros, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de San Borja del departamento de Beni.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 12 de agosto de 2019, cursante de fs. 5 a 9 vta., el accionante señaló que:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Mediante recurso de revocatoria de 10 de mayo de 2019, solicitó al Alcalde demandado "revoque" el Decreto Edil 08/2019 de 3 de igual mes, y se le reincorpore de forma inmediata al cargo que desempeñaba de Secretario Técnico Municipal del Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Municipal de San Borja del departamento de Beni; asimismo, por Nota CITE: DESP.STRIA 023/2019 de 11 de abril, remitió documentación y ecografía gestacional a dicha autoridad, a fin de gozar del beneficio de inamovilidad laboral; la cual, no mereció ninguna respuesta; siendo su destitución de tal cargo, arbitraria e ilegal; toda vez, que jamás fue objeto de ninguna llamada de atención, menos incurrió en las causales de conclusión de la relación laboral como servidor público, máxime si es padre progenitor.
El Alcalde demandado "hasta la fecha" no se pronunció expresamente sobre su petición; igualmente, pese a tener conocimiento del estado de gestación de su cónyuge y la situación de padre progenitor, fue despedido sin que haya incurrido en las causales de conclusión de la relación laboral.
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
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