Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0296/2023-S4 Sucre, 15 de mayo de 2023
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: René Yván Espada Navía Acción de libertad
Expediente: 45004-2022-91-AL Departamento: Beni
En revisión la Resolución 15/2021 de 17 de noviembre, cursante de fs. 62 a 64, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Daniel Monje Chuqui, contra Jhenny Zulema Benítez, Fiscal de Materia.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Mediante memorial presentado el 16 de noviembre de 2021, cursante de fs. 1 a 3 vta., el accionante, manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público, a instancias del Banco Unión Sociedad Anónima (S.A.), por la presunta comisión del delito de apropiación indebida de fondos financieros, manipulación informática, asociación delictuosa y uso de instrumento falsificado; una vez dispuesta su detención preventiva, el 29 de octubre de 2021, por la Jueza de Instrucción Penal Novena del departamento de La Paz; hasta la fecha de interposición de la acción tutelar, no recibió valoración médica ni asistencia social, pese a ser portador de virus de inmunodeficiencia adquirida (VIH), sometido a tratamiento médico, conforme consta en la historia clínica de la Caja de Salud de Caminos y Ramas Anexas (CSC y RA); situación que pone en riesgo su vida.
Si bien, en audiencia virtual se le concedió autorización de salidas judiciales con fines de tratamientos médicos, exámenes de laboratorio y suministro de medicamentos, para los días 17, 19 y 22 de noviembre de 2021; desde la fecha de su aprehensión, se le suspendió la posibilidad de recibir atención médica especializada; no obstante que el Ministerio Público tiene conocimiento de que su vida está en riesgo, y su estado de salud se va agravando al ser víctima de agresiones y tratos crueles, como actos discriminatorios infligidos por otros internos, y que merecían la intervención del médico forense; la Fiscal de Materia demandada no atendió las solicitudes de valoraciones, presentadas vía plataforma, el 15 de noviembre de 2021; así como, la del 30 de octubre del mismo año, sin considerar que dichos informes le servirían para impetrar la modificación de su situación procesal o traslado y que le resultaba imposible enviar su solicitud a la autoridad jurisdiccional, pues se encontraba en otro departamento y no recibía memoriales vía telemática.
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
Denunció la lesión de sus derechos a la vida y a la salud; citando al efecto los arts. 13, 15, 18, 35.I, 41.I, 73.I y 115.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
I.1.3. Petitorio
Solicitó se le conceda la tutela impetrada; y en consecuencia, se ordene a la Fiscal de Materia ahora demandada, expida requerimiento para informe médico, psicológico y social, y que sean presentados al Juez que ejerce el control jurisdiccional.
I.2. Audiencia y Resolución del Juez de Garantías
Celebrada la audiencia pública el 17 de noviembre de 2021, según consta en el acta cursante de fs. 65 a 66, presentes el accionante asistido de su abogado, y la autoridad demandada, se produjeron los siguientes actuados:
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El impetrante de tutela, a través de su abogado en audiencia, ratificó los fundamentos de su demanda y ampliándolos; manifestó que, conforme al certificado médico forense, se podía establecer que contaba con cinco días de incapacidad; por lo que, se debía aplicar la y no observar el principio de subsidiariedad a fin de definir su situación, aplicando en su lugar el principio de verdad material; toda vez que, le resulta imposible acudir ante el Juez de control jurisdiccional.
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
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