Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0310/2021-S4 Sucre, 13 de julio de 2021
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano Acción de libertad
Expediente: 34962-2020-70-AL Departamento: Santa Cruz
En revisión la Resolución 33/2020 de 20 de junio, cursante de fs. 26 a 28 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Fernando Vaca Rua en representación sin mandato de Oscar Paredes Pillco contra Gustavo Villafuerte Beltrán, Director Departamental de Transito de Santa Cruz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 19 de junio de 2020, cursante de fs. 4 a 6 vta., el accionante a través de su representante sin mandato, manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 18 de junio de 2020, cuando se dirigía en su vehículo a recoger los análisis médicos de su sobrina de tres años, fue intervenido por dos funcionarios policiales dependientes de la Dirección Departamental de Transito de Santa Cruz, siendo puesto en arresto por ocho horas en cumplimiento a la prohibición de circulación dispuesta por el Decreto Supremo (DS) 4200 de 25 de marzo de 2020; empero, consideró que dicho accionar vulneró su derecho a la libertad, pues de conformidad con el art. 2.V del citado cuerpo normativo se permite que, excepcionalmente pueden circular durante la cuarentena total personas que necesiten atención médica y que se encuentren en situación de caso fortuito o fuerza mayor; en ese sentido, habiendo demostrado que la circulación de su persona se encontraba justificada en resguardo de la salud y vida de su sobrina, denunció que su arresto fue ilegal.
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante a través de su representante sin mandato denunció la lesión de su derecho a la libertad y al debido proceso en sus elementos legalidad y seguridad jurídica, citando al efecto los arts. "24" de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 7.2 y 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).
I.1.3. Petitorio
Solicitó se conceda la tutela impetrada; y en consecuencia, disponga su libertad inmediata, la devolución de su vehículo que fue secuestrado y la reparación del daño ocasionado.
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