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TCPJurisprudencia precedencial reiteradora

0314/2021-S4

Tribunal Constitucional Plurinacional
13 de julio de 2021SALA CUARTA ESPECIALIZADA

Ratio decidendi

Se concede la tutela solicitada, en virtud a que la autoridad demandada al incumplir…

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Resumen del caso

Ficha Jurisprudencial: SCP 0314/2021-S4

El accionante, a través de sus representantes sin mandato, denunció que la autoridad demandada vulneró el debido proceso y su derecho a la petición; habida cuenta que, no obstante que el 29 de abril de 2020 solicitó cesación a su detención preventiva; sin embargo, hasta la fecha de interposición de …

Proceso
Jurisprudencia precedencial reiteradora

Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Sintesis del caso

El accionante, a través de sus representantes sin mandato, denunció que la autoridad demandada vulneró el debido proceso y su derecho a la petición; habida cuenta que, no obstante que el 29 de abril de 2020 solicitó cesación a su detención preventiva; sin embargo, hasta la fecha de interposición de la presente acción (15 de junio de 2020), no se señaló audiencia ni se dictó resolución que resuelva su situación jurídica.

Sintesis de la ratio decidendi

Se concede la tutela solicitada, en virtud a que la autoridad demandada al incumplir con su deber de resolver lo requerido en los plazos más breves posibles, provocó una dilación ilegal e irrazonable al accionante.

Extracto de la ratio decidendi

F.J.III.3. “…no existía ninguna razón legal o valedera que hubiera podido impedir materialmente que la autoridad demandada, cumpla con el trámite legal establecido a efectos de atender la solicitud presentada por el privado de libertad. De donde es posible concluir que al incumplir con su deber de resolver lo requerido en los plazos más breves posibles, provocó una dilación ilegal e irrazonable al accionante, omitiendo otorgar la celeridad necesaria a la petición vinculada con la libertad, (…) cuando lo que correspondía en su calidad de autoridad jurisdiccional y garante de la protección de los derechos y garantías, otorgar celeridad a los trámites que conoce sin dilaciones indebidas, no existiendo excusa alguna para postergar la emisión de la Resolución que defina su solicitud de cesación a la detención preventiva, conducta que causó la vulneración de los derechos denunciados por el accionante”.

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0314/2021-S4 Sucre, 13 de julio de 2021

SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: René Yván Espada Navía Acción de libertad

Expediente: 34963-2020-70-AL Departamento: Santa Cruz

En revisión la Resolución de 21/20 de 16 de junio de 2020, cursante de fs. 22 a 25, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Jacobo Rodríguez Sulamayo y Mario Díaz Bernal en representación sin mandato de Alejandro Mamani Poma contra Wilson Espada Patiño; Juez del Tribunal de Sentencia Penal Noveno del departamento de Santa Cruz.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 15 de junio de 2020, cursante de fs. 13 a 14 vta., el accionante a través de sus representantes sin mandato, manifestó lo siguiente:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Señaló que desde el 6 de febrero de 2018, cumple detención preventiva en el Centro Penitenciario Santa Cruz "Palmasola" por la presunta comisión del delito de tentativa de violación, motivo por el cual, el 29 de abril de 2020 solicitó cesación de dicha medida cautelar al amparo de la previsión contenida en el art. 239.4 del Código de Procedimiento Penal (CPP), con la modificación dispuesta por la Ley de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de Lucha contra la Violencia a Niñas, Niños, Adolescentes y Mujeres -Ley 1173 de 3 de mayo de 2019-; es decir, en razón a la duración máxima de la detención preventiva, debido a que hasta la fecha de presentación de la acción de libertad, está detenido por dos años, tres meses y ocho días sin sentencia y su solicitud obedeció a que se encuentra aislado por presentar síntomas de COVID-19, como acreditó con el certificado médico correspondiente.

Mostrando 16 de 76 parrafos.

Sintesis del caso

El accionante, a través de sus representantes sin mandato, denunció que la autoridad demandada vulneró el debido proceso y su derecho a la petición; habida cuenta que, no obstante que el 29 de abril de 2020 solicitó cesación a su detención preventiva; sin embargo, hasta la fecha de interposición de la presente acción (15 de junio de 2020), no se señaló audiencia ni se dictó resolución que resuelva su situación jurídica.

Descriptores

Confirmadora
Tribunal Constitucional Plurinacional13 de julio de 20210314/2021-S4Fuente oficial