Volver a sentencias
TCPJurisprudencia precedencial reiteradora

0315/2021-S1

Tribunal Constitucional Plurinacional
2 de agosto de 2021SALA PRIMERA

Ratio decidendi

Deniega la tutela; toda vez que, la accionante incurrió en la causal de improcedencia de actos libres y expresamente…

Criterio completo, sentencias y PDF oficiales.

Pixi Lector · Bs. 20/mes

Desbloquear criterio completo

¿Ya tienes acceso? Inicia sesión

Resumen del caso

Ficha Jurisprudencial: SCP 0315/2021-S1

El accionante denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación y valoración de la prueba; a la defensa y a los principios de seguridad jurídica, legalidad y verdad material; toda vez que, dentro el proceso civil de nulidad de escritura pública 642/98 y 10/2008,…

Proceso
Jurisprudencia precedencial reiteradora

Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Sintesis del caso

El accionante denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación y valoración de la prueba; a la defensa y a los principios de seguridad jurídica, legalidad y verdad material; toda vez que, dentro el proceso civil de nulidad de escritura pública 642/98 y 10/2008, mejor derecho propietario, acción reivindicatoria y negatoria, entrega de terrenos y resarcimiento de daños y perjuicios, presentado en su contra por la tercera interesada; las autoridades demandadas a momento de pronunciar el , incurrieron en las siguientes ilegalidades:

  1. i)No resolvieron de forma fundamentada y coherente sobre la falta capacidad y legitimación de la tercera interesada para interponer la demanda civil;
  2. ii)Vulneraron su derecho a la propiedad privada pese a que la actora civil no demostró su derecho propietario; y,
  3. iii)Realizaron una incorrecta e irrazonable valoración de prueba.

Sintesis de la ratio decidendi

Deniega la tutela; toda vez que, la accionante incurrió en la causal de improcedencia de actos libres y expresamente consentidos; dejando de forma libre que los efectos surgidos por el cuestionado Auto Supremo que anuló el Auto de Vista adquieran ejecutoria al no existir impugnación alguna al Auto de Vista.

Extracto de la ratio decidendi

F.J.III.2 “…el impetrante de tutela presenta la presente acción de defensa el 5 de agosto de 2022, después de casi dos meses de conocida la ejecutoria del Auto de Vista 139/2022; empero, denunciando como acto lesivo al , aspectos que por su desidia y desinterés en la tramitación del proceso, una vez notificado con el nuevo Auto de Vista, éste al considerar que dicha resolución le causaba agravios a sus intereses, tenía la vía expedita para impugnarlo en el plazo determinado por ley, vía recurso de casación para que sea el superior en grado el que en caso de evidenciar alguna anomalía en la tramitación del proceso pueda corregirlo, y de continuar la lesión denunciada, recién acudir a la vía de la acción de amparo constitucional. Empero, ante su dejadez, permitió que el nuevo Auto de Vista se ejecutoríe de forma legal, y de forma posterior, pretende que esta jurisdicción constitucional ingrese a revisar los fundamentos del Auto Supremo cuestionado que dio origen al nuevo Auto de Vista 139/2022, aspecto que no es posible, ya que al permitir que el referido Auto de Vista sea ejecutoriado, dio su consentimiento de forma libre a los efectos surgidos por el cuestionado Auto Supremo, hechos que impiden a esta justicia constitucional ingresar al análisis de fondo de la resolución impugnada por operar la causal de improcedencia de actos consentidos, correspondiendo denegar la tutela, aclarando que no se ingresó al análisis de fondo.”

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0315/2021-S1 Sucre, 2 de agosto de 2021

SALA PRIMERA Magistrada Relatora: MSc. Georgina Amusquivar Moller Acción de amparo constitucional

Expediente: 35618-2020-72-AAC Departamento: Chuquisaca

En revisión la Resolución 91/2020 de 8 de octubre, cursante de fs. 373 a 380 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Marcos Alaka Quispe en representación legal de la Empresa "Ingeniería y Construcción Brebbia S.R.L." contra Henry Lucas Ara Pérez, Contralor General del Estado.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Mediante memorial presentado el 18 de agosto de 2020, cursante de fs. 172 a 184, subsanado por memorial de fs. 189, la parte accionante expresó los siguientes argumentos de hecho y de derecho:

Mostrando 14 de 69 parrafos.

Sintesis del caso

El accionante denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación y valoración de la prueba; a la defensa y a los principios de seguridad jurídica, legalidad y verdad material; toda vez que, dentro el proceso civil de nulidad de escritura pública 642/98 y 10/2008, mejor derecho propietario, acción reivindicatoria y negatoria, entrega de terrenos y resarcimiento de daños y perjuicios, presentado en su contra por la tercera interesada; las autoridades demandadas a momento de pronunciar el Auto Supremo 412/2021-RRC de 17 de junio, incurrieron en las siguientes ilegalidades: i) No resolvieron de forma fundamentada y coherente sobre la falta capacidad y legitimación de la tercera interesada para interponer la demanda civil; ii) Vulneraron su derecho a la propiedad privada pese a que la actora civil no demostró su derecho propietario; y, iii) Realizaron una incorrecta e irrazonable valoración de prueba.

Descriptores

Confirmadora
Tribunal Constitucional Plurinacional2 de agosto de 20210315/2021-S1Fuente oficial