Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0328/2020-S4 Sucre, 29 de julio de 2020
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: René Yván Espada Navía Acción de libertad
Expediente: 32017-2019-65-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 461/19 de 27 de octubre de 2019, cursante de fs. 20 a 22, dentro de la acción de libertad interpuesta por Miguel Ángel Rosas Rodríguez contra Carlos Emilio Andrade Rengel y José Ángel Huanca Mayta, Juez y Secretario, respectivamente del Juzgado de Ejecución Penal Primero de El Alto del departamento de La Paz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 26 de octubre de 2019, cursante de fs. 1 a 2 vta., el accionante, manifestó que:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión de los delitos de tráfico de sustancias controladas y uso de armas de fuego, fue condenado a cumplir una pena privativa de libertad en el Centro Penitenciario San Pedro de La Paz; en virtud al cual, pasó a conocimiento y competencia del Juez de Ejecución Penal Primero de El Alto del departamento de La Paz -hoy demandado-; ante cuya autoridad jurisdiccional, el 24 de octubre de 2019, planteó incidente de detención domiciliaria, en razón a que se encontraría gravemente enfermo, según se hubiere acreditado con documentación pertinente, en observancia de los arts. 3, 9, 15, 18, 19, 92, 93, y 196 in fine de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión (LEPS) -Ley 2298 de 20 de diciembre de 2001-; así como, los arts. 9.4 y 5, 15.I y II, 35, y 74.I de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 428, 429 y 432 del Código de Procedimiento Penal (CPP); sin embargo, a la fecha de interposición de la presente acción tutelar, el Juez demandado, no se pronunció sobre el mismo, dejándolo en un estado de indefensión. Situación, que afecta su derecho a la Salud, dado que en el nombrado Centro Penitenciario, no cuenta con los insumos ni los especialistas para realizarse los tratamientos adecuados.
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El impetrante de tutela denunció como lesionados sus derechos a la vida, la salud y la integridad física, citando al efecto los arts. 9.4 y 5, 15.I, 35, 74.I, 115.II y 178 de la CPE.
I.1.3. Petitorio
Solicitó se conceda la tutela, disponiendo su detención domiciliaria y salidas medicas por el "estado de gravidez" de su persona.
I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
Celebrada la audiencia pública el 27 de octubre de 2019, según consta en el acta cursante de fs. 17 a 19 vta., presente el accionante y ausente los demandados; se produjeron los siguientes actuados:
Mostrando 16 de 80 parrafos.