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TCPJurisprudencia precedencial reiteradora

0329/2021-S2

Tribunal Constitucional Plurinacional
20 de julio de 2021SALA SEGUNDA

Ratio decidendi

Se concedió la tutela solicitada, al haber ocasionado…

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Resumen del caso

Ficha Jurisprudencial: SCP 0329/2021-S2

El accionante denuncia como lesionado su derecho a la libertad; toda vez que, habiéndose dispuesto por parte del Juez demandado, su cesación a la detención preventiva; y en consecuencia, la imposición de medidas sustitutivas, ordenando para tal efecto oficiar y labrar los escritos pertinentes ante e…

Proceso
Jurisprudencia precedencial reiteradora

Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Sintesis del caso

El accionante denuncia como lesionado su derecho a la libertad; toda vez que, habiéndose dispuesto por parte del Juez demandado, su cesación a la detención preventiva; y en consecuencia, la imposición de medidas sustitutivas, ordenando para tal efecto oficiar y labrar los escritos pertinentes ante el Comandante Departamental de la Policía de La Paz, Dirección General de Migración y Ministerio Público; sin embargo, Secretario del Juzgado de Instrucción Penal Segundo de la Capital del departamento de La Paz -ahora demandado-, no le entregó los oficios correspondientes para realizar las diligencias ordenadas ante las señaladas instituciones; también rechazó a sus garantes.

Sintesis de la ratio decidendi

Se concedió la tutela solicitada, al haber ocasionado un dilación en el trámite de las medidas cautelares impuestas por el juez demando.

Extracto de la ratio decidendi

F.J.III.3. “Conforme a los antecedentes expuestos, se evidencia que la autoridad judicial hoy demandada ratificó con relación a este punto, lo indicado por el Secretario demandado, no obstante cabe establecer que, es facultad y competencia de la autoridad jurisdiccional, analizar la documentación y antecedentes de los garantes presentados de acuerdo a su sana crítica y valoración, debiendo en consecuencia emitir una resolución debidamente fundamentada respecto al cumplimiento o no de los requisitos exigidos por el art 243 del Código de Procedimiento Penal (CPP), aceptando los garantes o en su caso expresando los motivos por los cuales se rechaza a los mismos. Del mismo modo, los Secretarios de juzgado no pueden valorar ni tomar una decisión sobre la procedencia o no de garantes, por cuanto estos únicamente cumplen un rol de apoyo jurisdiccional; de ahí que, esta decisión -se reitera- le compete al Juez de la causa. En ese sentido, al no haber obrado de esa manera el Juez demandado ocasionó una dilación en el trámite de las medidas cautelares impuestas, correspondiendo sobre este punto conceder la tutela impetrada”.

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0329/2021-S2 Sucre, 20 de julio de 2021

SALA SEGUNDA Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de libertad

Expediente: 35174-2020-71-AL Departamento: La Paz

En revisión la Resolución 19/2020 de 20 de agosto, cursante de fs. 22 a 23 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Raúl Fernando Ferreira Gonzales en representación sin mandato de Dennis Emilio Mendoza Bernal contra Zacarias Javier Vargas Arancibia, Juez y Vidal Quispe Alarcón, Secretario, ambos del Juzgado de Instrucción Penal Segundo de la Capital del departamento de La Paz.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

Mostrando 12 de 56 parrafos.

Sintesis del caso

El accionante denuncia como lesionado su derecho a la libertad; toda vez que, habiéndose dispuesto por parte del Juez demandado, su cesación a la detención preventiva; y en consecuencia, la imposición de medidas sustitutivas, ordenando para tal efecto oficiar y labrar los escritos pertinentes ante el Comandante Departamental de la Policía de La Paz, Dirección General de Migración y Ministerio Público; sin embargo, Secretario del Juzgado de Instrucción Penal Segundo de la Capital del departamento de La Paz -ahora demandado-, no le entregó los oficios correspondientes para realizar las diligencias ordenadas ante las señaladas instituciones; también rechazó a sus garantes.

Descriptores

Confirmadora
Tribunal Constitucional Plurinacional20 de julio de 20210329/2021-S2Fuente oficial