Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0332/2021-S1 Sucre, 16 de agosto de 2021
SALA PRIMERA Magistrada Relatora: MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo Acción de libertad
Expediente: 35426-2020-71-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 12/2020 de 19 de agosto, cursante de fs. 7 vta. a 10 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Héctor Gustavo Castellón Macchiavelli en representación sin mandato de Luis Fernando Flores Paniagua contra Reynaldo Quisberth Rondon, Director del Centro Penitenciario San Pedro de Chonchocoro de La Paz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 18 de agosto de 2020, cursante de fs. 3 a 4, el accionante, mediante su representante sin mandato, expresó los siguientes argumentos de hecho y derecho:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dispuso modificar el lugar de cumplimiento de su detención preventiva, estableciendo que sea en el Centro Penitenciario Palmasola de Santa Cruz.
"Pese a que en el Auto de Vista al que hago referencia ha sido debidamente notificado a Secretaría del Recinto Penitenciario de Chonchocoro el 31 de julio de 2020, los responsables se niegan a cumplirlo y hacen caso omiso" (sic); que al sufrir de presión arterial elevada y al existir en el lugar donde se encuentra recluido varios pacientes con la enfermedad de la pandemia de coronavirus Covid-19, pone en riesgo su salud; situación por la que, considera estar ilegalmente detenido.
I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
El accionante denuncia la lesión de estar en riesgo su derecho a la salud en relación directa a su derecho a la vida; sin citar norma constitucional alguna.
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