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TCP

0340/2020-S3

Tribunal Constitucional Plurinacional
16 de julio de 2020SALA TERCERA
Resumen del caso

Sentencia 0340/2020-S3

Proceso
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Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0340/2020-S3 Sucre, 16 de julio de 2020

SALA TERCERA Magistrado Relator: Dr. Petronilo Flores Condori Acción de amparo constitucional

Expediente: 31332-2019-63-AAC Departamento: Beni

En revisión la Resolución 083/2019 de 4 de octubre, cursante de fs. 52 a 54 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Juan Acosta Callau contra Carolina Frías Cabrera, Dora Serrato Pérez, María Teresa Enríquez Velásquez, Jaqueline Alvarado Murillo, Febe Hurtado Tirina, María Patricia Claros Urquhart, Cider Quinteros Perales, Rolando Alejo Reynoso, Hermes Pérez Parada, Fermín Valencia Vargas, Juan Carlos Ramos Quispe, Vladimir Laura Chambi, Rister Patricio Molina Polanco, Erick Orlando Céspedes Polanco, Wilson Segarra Anachuri, Adhemar Sánchez Heredia, Israel Antelo Espinoza, Ignacio Rada Queteguari, Esteban Bejarano Choquetopa, Ludbin Salazar Pedraza y Denny Barbery Céspedes, todos miembros de la Dirección Ejecutiva Nacional de la Confederación de Trabajadores de Educación Urbana de Bolivia (CTEUB).

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

El accionante por memorial presentado el 17 de septiembre de 2019, cursante de fs. 8 a 9, manifestó lo siguiente:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 14 de noviembre de 2018, se llevaron a cabo las elecciones en el Magisterio Urbano de Beni para elegir al -Directorio del- Comité Ejecutivo de la Federación de Trabajadores en Educación Urbana de Beni (FTEUB), resultando ganador el frente "Nuevo Poder del Magisterio Beniano", con el cual postuló al cargo de Secretario Ejecutivo General.

Luego que el Comité Electoral posesionara al Directorio del Comité Ejecutivo de la FTEUB, los demás frentes presentaron denuncias contra dicho Comité Electoral y su persona, provocando que los miembros de la Dirección Ejecutiva Nacional de la CTEUB ahora accionados emitan una resolución declarando nulas las elecciones; sin embargo, ante la presión ejercida por los maestros de base del Magisterio Urbano de Beni, decidieron revocar dicha resolución, y el 10 de mayo de 2019, acreditaron a los miembros del Directorio del Comité Ejecutivo de la FTEUB elegido, entregándoles sus respectivas credenciales. Los miembros de la Dirección Ejecutiva Nacional de la CTEUB hoy accionados, sin justificativo alguno decidieron no acreditar su condición de Secretario Ejecutivo General de la FTEUB, al existir una denuncia -proceso sindical- en su contra, por la que supuestamente fue suspendido de por vida del ejercicio de la actividad sindical, señalando que mientras no demuestre la inexistencia de esa suspensión no se acreditaría su condición de dirigente del Magisterio Urbano de Beni.

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Tribunal Constitucional Plurinacional16 de julio de 20200340/2020-S3Fuente oficial