Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0350/2020-S3 Sucre, 20 de julio de 2020
SALA TERCERA Magistrado Relator: Dr. Petronilo Flores Condori Acción de libertad
Expediente: 32111-2019-65-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 38/2019 de 2 de diciembre, cursante a fs. 16 y vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Daniel Alejandro Arévalo Peláez contra Mario German Rea Salinas, Fiscal de Materia y Silvia Patty Sandoval Peredo, funcionaria policial.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
El accionante por memorial presentado el 2 de diciembre de 2019, cursante de fs. 7 a 8, manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En el proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra por la presunta comisión de los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas e incumplimiento de deberes, previstos y sancionados por los arts. 150 y 154 del Código Penal (CP), el 30 de mayo de 2019, se dispuso su detención preventiva por considerarse que generó los riesgos procesales de obstaculización previstos en el art. 235.1 y 2 del Código de Procedimiento Penal (CPP), debido a que la mencionada fecha, Denis Eduardo Arrían Humerez, Jorge Gutiérrez Tapia, Susana León de Rengel, Oscar León Rengel, Pablo Tinteros Barcos y Samuel Honor Valencia no prestaron sus declaraciones informativas.
El 16 de octubre de 2019, solicitó al Fiscal de Materia hoy accionado que le otorgue fotocopias simples de las declaraciones informativas prestadas por los mencionados ciudadanos, así como que se convoque de manera inmediata a los dos ciudadanos que aún no prestaron su declaración informativa. En respuesta a esa solicitud, el citado Fiscal de Materia indicó que previamente informe la Investigadora asignada al caso -hoy coaccionada-; sin embargo, hasta la fecha de presentación de esta acción de libertad no lo hizo. Consecuentemente, el 30 de ese mes y año, reiteró su solicitud, sin obtener respuesta alguna; más al contrario, dicha Investigadora le indicó a su abogada que no tenía tiempo porque debía realizar otras tareas.
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