Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0353/2021-S2 Sucre, 22 de julio de 2021
SALA SEGUNDA Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de amparo constitucional
Expediente: 35665-2020-72-AAC Departamento: Cochabamba
En revisión la Resolución 0029/2020 de 27 de agosto, cursante de fs. 356 a 360 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Sarena Chambi Ribera y Rodmy Marcelo Vásquez Reyes Ortiz contra Waldo Edgar Ramos Jurado, Presidente Ejecutivo a.i. de la Aduana Nacional de Bolivia (ANB).
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 30 de julio de 2020, cursante de fs. 50 a 56 vta., los accionantes expresaron lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Pese a tener un excelente desempeño laboral y haberse presentado a convocatorias públicas para ingresar a la ANB, el 21 de marzo de 2020, cuando ya había sido declarada la cuarentena por la pandemia del COVID-19, a través de Memorándums 0746/2020 y 0748/2020 de 13 de igual mes y año fueron desvinculados de sus fuentes laborales al mismo tiempo de privarlos de un seguro de salud; decisión que consideraron ilegal, arbitraria y discriminatoria, contra la cual presentaron impugnación el 29 de mayo del citado año, que fue resuelta el 24 de junio de ese año, ratificándose la decisión de su retiro; extremo que también objetaron; sin embargo, la mencionada entidad respondió indicando que los referidos Memorándums no son objeto de impugnación.
Al respecto, la Ley 1309 de 30 de junio de 2020 estableció con carácter retroactivo a su promulgación, la prohibición de despidos durante el periodo que dure la cuarentena, exceptuando a los funcionarios de libre nombramiento, situación que no los alcanza, pues en el marco de sus funciones no realizaban ninguna tarea de confianza ni asesoramiento técnico especializado para algún funcionario electo o designado.
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