Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0359/2020-S4 Sucre, 5 de agosto de 2020
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: René Yván Espada Navía Acción de libertad
Expediente: 32195-2019-65-AL Departamento: Tarija
En revisión la Resolución 107/2019 de 6 de diciembre, cursante de fs. 21 a 25, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Marcial Rengifo Zeballos contra Jorge Alejandro Vargas Villagómez, Vocal de la Sala Penal Segunda en suplencia legal de su similar Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 5 de diciembre de 2019, cursante de fs. 4 a 6, el accionante manifestó los siguientes argumentos:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público en su contra, por la presunta comisión del delito de incumplimiento de deberes, cuya audiencia de apelación incidental estaba señalada para el 4 de diciembre de 2019, en contra del Auto Interlocutorio de 27 de noviembre de 2017 que dispuso en su favor la cesación a su detención preventiva; sin embargo, debido a la ausencia de algunos sujetos procesales que fueron notificados oportunamente, la misma fue suspendida y reprogramada por el Vocal ahora demandado, quien realizando una incorrecta interpretación del art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP), que establece que la apelación debe ser resuelta dentro del plazo de tres días, dispuso diferir el acto procesal señalado, para el 10 del mismo mes y año, sin tomar en cuenta que en la audiencia suspendida, se encontraba presente la parte apelante y que por tanto tenía la oportunidad de exponer y fundamentar sus agravios.
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
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