Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0363/2020-S4 Sucre, 5 de agosto de 2020
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: René Yván Espada Navía Acción de libertad
Expediente: 32196-2019-65-AL Departamento: Santa Cruz
En revisión la Resolución 05/2019 de 3 de diciembre, cursante de fs. 19 vta. a 22, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Cynthia Elizabeth Paredes Pinto contra Pabla Paola Sandoval Pizarro, Guido Castellón Carrillo y Anibal Ugarteche Barrancos, Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Décimo del departamento de Santa Cruz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 2 de diciembre de 2019, cursante a fs. 2 y vta., la accionante manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 29 de noviembre de 2019, fue notificada con el señalamiento de audiencia de cesación de detención preventiva en favor de Arturo Ninfor Ibáñez Pinto, dentro del proceso que siguió conjuntamente con el Ministerio Público por el delito de estafa contra el mencionado y Roxana Pugliessi Pinto.
Considerándola ilegal, toda vez que, habiendo entrado en vigencia desde el 4 de noviembre de 2019 la Ley de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de la Lucha Integral Contra la Violencia a Niñas, Niños, Adolescentes y Mujeres -Ley 1173 de 3 de noviembre de 2019-, el Tribunal de Sentencia Penal Décimo del departamento de Santa Cruz ya no era competente para conocer delitos de carácter patrimonial; más aun existiendo el Auto de declinatoria de competencia emitido por el mismo Tribunal y sorteada la causa al Juzgado de Sentencia Penal Sexto del mismo departamento. Por otro lado, la notificación no se efectuó a través de la central de notificaciones ni fue generada por el Sistema Integrado de Registro Judicial (SIREJ), además de haberla realizado a destiempo, provocando procesamiento indebido.
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