Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0367/2021-S1 Sucre, 23 de agosto de 2021
SALA PRIMERA Magistrada Relatora: MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo Acción de libertad
Expediente: 35534-2020-72-AL Departamento: Oruro
En revisión la Resolución 01/2020 de 2 de septiembre, cursante de fs. 15 a 22 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Mario Campoverde Mariscal, Mario Campoverde Oporto y Tania Concepción Soliz Lizarazu contra Edgar Poma Vallejos, Fiscal de Materia de Huanuni del departamento de Oruro.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 1 de septiembre de 2020, cursante a fs. 1 y vta., la parte accionante expresó los siguientes argumentos de hecho y derecho:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Señalan que dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de financiamiento al terrorismo y tráfico ilícito de armas, se encuentran ilegalmente perseguidos por el Ministerio Público encontrándose con la incertidumbre de ser aprehendidos en un proceso forzado y colusivo, producto de la coyuntura política.
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Los impetrantes de tutela alegan la lesión de sus derechos a la vida, a la libertad de locomoción, y a la defensa como componente del debido proceso; citando al efecto, el art. 125 de la Constitución Política del Estado (CPE).
I.1.3. Petitorio
Solicitaron se conceda la tutela; en consecuencia, se ordene el cese de la persecución indebida manteniéndose su libre locomoción y se les otorgue fotocopias legalizadas del cuaderno de investigación dentro el plazo de veinticuatro horas.
I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
La audiencia pública de consideración de la presente acción de libertad, se realizó el 2 de septiembre de 2020; según consta en acta cursante de fs. 7 a 14; produciéndose los siguientes actuados: I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
Mostrando 16 de 76 parrafos.