Texto del fallo
Texto de la resolucion
VOTO DISIDENTE Sucre, 28 de abril de 2022
SALA TERCERA Magistrado Disidente: Dr. Petronilo Flores Condori Acción de amparo constitucional
Expediente: 40440-2021-81-AAC Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 066/2021 de 30 de marzo, cursante de fs. 69 a 73, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por José Miguel Manzaneda Altuzarra contra Carola Antonieta Anze Guzmán y Luis Ramiro Iturri Gonzáles en representación legal del Club Hípico Los Sargentos.
I. DISIDENCIA
El suscrito Magistrado expresa su disidencia con la , que revocó en parte la Resolución 066/2021 de 30 de marzo, pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, y, en consecuencia concedió en parte la tutela solicitada de manera provisional, únicamente con relación a los derechos al trabajo, a la estabilidad laboral y a la seguridad social del accionante, debiendo el Club Hípico Los Sargentos, dar cumplimiento integral a la Conminatoria J.D.T.L.P.//D.S. 0495/148/2020 de 8 de diciembre, en su integridad y sin omitir ninguna de sus determinaciones; y, denegó la tutela impetrada, respecto al derecho a una justa remuneración, conforme al razonamiento expuesto en ese fallo constitucional.
En todo caso considera que debió REVOCAR dicha Resolución Constitucional; y, en consecuencia: CONCEDER la tutela solicitada, conforme a los fundamentos establecidos en el presente Voto Disidente.
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
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