Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0385/2020-S4 Sucre, 19 de agosto de 2020
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano Acción de libertad
Expediente: 32279-2019-65-AL Departamento: Potosí
En revisión la Resolución de 11 de diciembre de 2019, cursante de fs. 104 a 111, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Máximo Lenis Méndez contra Eugenio Marca Arce y Jaquelinne Flores Yucra, ex Fiscales de Materia; y, Betty Mamanillo Aquise, actual Fiscal de Materia.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 10 de diciembre de 2019, cursante de fs. 24 a 34, el accionante manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de "lesiones graves, leves y otros", se encuentra con detención preventiva en el Centro Penitenciario Cantumarca Santo Domingo; por lo que, a fin de solicitar la cesación de la misma realizó proposición de diligencia investigativa tendientes a esclarecer el hecho, ampliando su declaración informativa y solicitando se señale día y hora de audiencia de inspección ocular y reconstrucción de los hechos, no obstante su memorial no fue decretado por más de un mes y dieciséis días, dilatando de forma injustificada su caso, incumpliendo de esa manera lo previsto por los arts. 72 del Código de Procedimiento Penal (CPP), concordante con el 56 de la Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP) -Ley 260 de 11 de julio de 2012-, pues debió haber merecido respuesta en el término de veinticuatro horas de su interposición, empero al no haberse pronunciado las autoridades demandadas vulneraron sus derechos, ya que este actuado era necesario para requerir su cesación a la detención preventiva.
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