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TCP

0396/2021-S2

Tribunal Constitucional Plurinacional
30 de julio de 2021SALA SEGUNDA
Resumen del caso

Sentencia 0396/2021-S2

Proceso
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Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0396/2021-S2 Sucre, 30 de julio de 2021

SALA SEGUNDA Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de libertad

Expediente: 35370-2020-71-AL Departamento: Santa Cruz

En revisión la Resolución 04/20 de 29 de agosto de 2020, cursante de fs. 21 vta. a 22, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Ernesto Luis Alcón Illanes en representación sin mandato de Blanca Elena Peralta Quiñonez contra Rosario Ximena Flores Paniagua, Jueza de Instrucción Penal Quinta de la Capital del departamento de Santa Cruz.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 27 de agosto de 2020 -no se consigna fecha de recepción-, cursante de fs. 3 a 5, la accionante a través de su representante, expresó lo siguiente:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Se encuentra guardando ilegalmente detención preventiva por más de tres años, dentro del proceso penal seguido en su contra por Víctor Hugo Quintanilla Revollo y su esposa, por la presunta comisión de los delitos de falsedad material y uso de instrumento falsificado; sin embargo, el mismo querellante le instauró el 4 de julio de 2018 otra denuncia por el supuesto ilícito de estafa, con la pretensión que no salga del Centro de Rehabilitación Santa Cruz "Palmasola" y no se defienda en libertad, cuyo control jurisdiccional lo ejerce la Jueza de Instrucción Penal Quinta de la Capital del mismo departamento, que mereció la Resolución de rechazo de denuncia, que al ser objetada el Fiscal Departamental de Santa Cruz la revocó mediante Resolución de 7 de agosto de 2019, disponiendo que la Fiscal asignada al caso, emita los requerimientos necesarios y adecúe sus actos a los plazos establecidos en el Código de Procedimiento Penal, con la que fue notificada el 3 de marzo de 2020.

Es así que, al haber excedido superabundantemente el plazo de la etapa preliminar, ante la inobservancia del debido proceso el 7 de agosto de 2020, solicitó a la Jueza de la causa que oficie al Fiscal Departamental precitado para que conmine al Fiscal de Materia a presentar requerimiento conclusivo, habiendo transcurrido a la fecha más de diez días sin que la citada autoridad judicial dicte providencia o decreto alguno sobre su petición; retardación de justicia que le causó indefensión, además de poner en riesgo sus derechos a la salud y a la vida ante la pandemia por el COVID-19, particularmente en el interior del referido Centro de Rehabilitación.

Conforme a la doctrina constitucional, a través del hábeas corpus traslativo o de pronto despacho (ahora acción de libertad), se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, como lo establecido por la , que es vinculante a su caso ya que la Jueza ahora demandada incumplió lo determinado por el art. 132.1 del Código de Procedimiento Penal (CPP).

I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados

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