Texto del fallo
Texto de la resolucion
AUTO CONSTITUCIONAL 0415/2021-CA Sucre, 8 de noviembre de 2021
Expediente: 42565-2021-86-CCJ Conflicto de competencias jurisdiccionales Departamento: Potosí
El conflicto de competencias jurisdiccionales suscitado entre Néstor Abundio Ticona Ticona, Kuraj Curaca de los Ayllus Originarios Quechuas de Nor Lipez del departamento de Potosí y Celia Monzón Orellana, Jueza Técnica del Tribunal de Sentencia Penal Primero y Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia y de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Uyuni, ambos del mismo departamento.
I. SÍNTESIS DEL CONFLICTO
I.1. Contenido de la solicitud
Por memorial presentado el 26 de agosto de 2021, cursante a fs. 31, Néstor Abundio Ticona Ticona, en su condición de autoridad indígena originaria campesina de los Ayllus Originarios Quechuas de Nor Lipez del departamento de Potosí (fs. 30), solicitó considerar a la Jueza Técnica del Tribunal de Sentencia Penal Primero y Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia y de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Uyuni del mencionado departamento, la declinatoria de competencia del caso con Número de Registro Judicial (NUREJ) 5Y081241, radicado en dicho despacho por acusación particular (privada), por el supuesto delito penal de daño simple previsto y sancionado por el art. 357 del Código Penal (CP), seguido por los comunarios: Cristóbal Mamani Mercado, Julián Mamani Flores, Juan Mamani Flores, Edgar Valencia Camata y Fidelia Aslla Cruz de Flores, todos de la Localidad de "San Cristobal" de la estancia Rio Blanco del mismo departamento contra Wilmer, Eva y Celia, todos de apellidos Muraña, quienes realizaron destrozos en las construcciones realizadas por los comunarios denunciantes.
Asimismo, refirió que el presente caso, al ser similar a la causa signada con FIS-UYUNI 85/2021-D1, donde el Juez de Instrucción Penal Primero de Uyuni del departamento Potosí, el 27 de mayo de 2021, resolvió allanarse a la declinatoria de competencia solicitada, disponiendo la remisión de la causa ante la Jurisdicción Indígena Originaria Campesina (JIOC) en aplicación del art. 102 del Código Procesal Constitucional (CPCo), la misma que se encuentra en pleno proceso; por el cual, dio a entender que en similares casos existe interferencia a la justicia consuetudinaria entre las comunidades en conflicto; por ello, solicitó a dicha autoridad judicial inhibirse del caso.
Por su parte, mediante memorial presentado el 26 de agosto de 2021 (fs. 32), Celia Muraña Valencia, Agente Municipal de la comunidad "Iscay Uno" de la provincia Nor Lipez del departamento de Potosí, solicitó con iguales argumentos, que la precitada autoridad jurisdiccional, decline competencia del caso NUREJ 5Y081241.
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