Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0428/2020-S1 Sucre, 2 de septiembre de 2020
Sala Primera Magistrada Relatora: MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo Acción de libertad
Expediente: 32560-2020-66-AL Departamento: Santa Cruz
En revisión la Resolución 04/2019 de 29 de noviembre, cursante de fs. 117 vta. a 120 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Siomara Antelo Arteaga contra Rosario Ximena Flores Paniagua, Jueza de Instrucción Penal Quinta de la Capital; y, Tecla Amparo Canaviri Tapia, Fiscal de Materia, ambas del departamento de Santa Cruz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 28 de noviembre de 2019, cursante de fs. 112 a 114 vta., la accionante expuso los siguientes argumentos de hecho y derecho:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 15 de julio de 2019, al llamado por vía teléfono de un efectivo policial se apersonó a las oficinas de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico (FELCC) de los lotes, conversando con el Investigador funcionario policial Alexander Gutiérrez, éste le pidió ver su cartera, como se negó le quitaron con violencia y encontraron el saldo del dinero que le dio su ex pareja Hugo Richard Diez Sejas, procediendo a arrestarle en ese momento.
El 16 del mismo mes y año prestó su declaración informativa policial ante la Fiscal Tecla Amparo Canaviri Tapia, a quien le informó todo lo ocurrido; para su gran sorpresa la Fiscal le notificó con un requerimiento de aprehensión por el supuesto delito de robo.
El 17 del indicado mes y año es llevada a una audiencia cautelar ante la Jueza de Instrucción Penal Quinta de la Capital del departamento de Santa Cruz, donde se ordenó su detención preventiva pese a manifestar la verdad que no sabía nada sobre qué hizo o cometió "Hugo Richard Diez Sejas; asimismo, la Jueza omitió analizar el cuaderno de investigación y, no valoró lo que manifestó Hugo Richard Diez Sejas en la audiencia cautelar.
El 22 del mes y año citado, la Fiscal Tecla Amparo Canaviri Tapia presentó procedimiento abreviado sin haberle consultado puesto que no firmó ningún acuerdo legal, tratando de camuflar el error que cometió con su persona. I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Denuncia la lesión de su derecho a la libertad, citando al efecto los arts. 22, 23 y 115.I.II, de la Constitución Política del Estado (CPE).
I.1.3. Petitorio
Solicita se declare "procedente" la tutela; y, en consecuencia se remita el mandamiento de libertad al Centro Penitenciario de Palmasola de Santa Cruz y, se anule la imputación formal en su contra.
I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
La audiencia pública de consideración de la presente acción tutelar se desarrolló el 29 de noviembre de 2019, según consta en acta cursante de fs. 116 a 120 vta., produciéndose los siguientes actuados:
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