Texto del fallo
Texto de la resolucion
AUTO CONSTITUCIONAL 0430/2021-CA Sucre, 19 de noviembre de 2021
Expediente: 42997-2021-86-CCJ Conflicto de competencias jurisdiccionales Departamento: La Paz
El conflicto de competencias jurisdiccionales suscitado entre Seferino Huallpa Sipe, Secretario General; Eusebio Alanoca Cutipa, Secretario de Actas; Rufino Poma Pari, Secretario de Hacienda; Damiana Cutipa Mamani, Secretaria de Ganadería; Policarpio Chambi Cutipa, Secretario de Actas Zona Central; y, Juan de Dios Olivares López, Secretario de Vialidad, todos de la comunidad Yaurichambi, provincia Los Andes; y, el Juez Público Mixto, de Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Pucarani, ambos del departamento de La Paz.
I. SÍNTESIS DEL CONFLICTO
I.1.Contenido de la solicitud
Por memorial presentado el 9 de noviembre de 2021, cursante de fs. 12 a 18 vta., ante este Tribunal, los solicitantes manifestaron que, dentro de la causa penal seguida por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, proceso en el cual el denunciante sería Percy Santiago Medrano Mamani, quien es un desconocido para la comunidad Yaurichambi del citado departamento. En su condición de autoridades indígena originaria campesinas tienen el deber de cumplir con las normas de protección a sectores vulnerables como ser mujeres, niños y niñas; por lo que, la resolución del referido proceso corresponde sea de su conocimiento.
Alegan que, su competencia se establece en la concurrencia de los tres ámbitos de vigencia material, territorial y personal, pues los hechos ocurrieron al interior de la precitada Comunidad, del cual los involucrados en ese proceso son miembros; y, conforme a la Ley de Deslinde Jurisdiccional el conocimiento del tipo penal denunciado no está prohibido para la Jurisdicción Indígena Originaria Campesina (JIOC). En ese entendido, el Juzgado Público Mixto, de Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Pucarani del departamento de La Paz, está ejerciendo atribuciones que son propias de la JIOC.
I.2. Petitorio
Mostrando 9 de 43 parrafos.