Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0433/2021-S4 Sucre, 25 de agosto de 2021
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano Acción de libertad
Expediente: 32858-2020-66-AL Departamento: Santa Cruz
En revisión la Resolución 04/2020 de 8 de enero, cursante de fs. 14 vta. a 16, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Abraham Quiroga Bonilla, en representación sin mandato de Alberto Fuentes Urquiza contra Arminda Mendez Terrazas, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 7 de enero de 2020, cursante de fs. 4 a 5 vta., el accionante a través de su representante sin mandato, manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Habiendo apelado la decisión del Juez de Instrucción Penal Tercero de Montero del citado departamento, que dispuso su detención preventiva el 2 de noviembre de 2019; la autoridad ahora demandada, en conocimiento de su recurso incidental, en audiencia de 3 de enero de 2020, valoró los riesgos procesales mejorando su situación jurídica quedando vigentes los numerales 1, 2 y 4 del art. 235 del Código de Procedimiento Penal (CPP), ya que acreditó tener familia, trabajo y domicilio, desvirtuando con ello la aplicación del art. 234.1 y 2 del citado codigo; sin embargo, a la fecha de presentación de la acción tutelar, la autoridad hoy demandada dejó sin efecto el Auto de Vista de 3 de enero de igual mes y año, señalando nueva audiencia para las 18:00 del 7 del mismo mes y año, transgrediendo la norma procesal penal y provocándole un estado de indefensión.
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El impetrante de tutela denunció la lesión de su derecho al debido proceso en sus elementos "continuidad y oralidad", vinculado a su libertad, sin citar norma constitucional alguna.
I.1.3. Petitorio
Solicitó se conceda la tutela impetrada; y en consecuencia, ordene a la autoridad ahora demandada dejar sin efecto el señalamiento de audiencia de apelación de medidas cautelares; en la misma, impetro además se deje sin efecto el Auto de vista 06/2020 de 3 de enero de 2020.
I.2. Audiencia y Resolución de la jueza de garantías
Celebrada la audiencia pública el 8 de enero de 2020, conforme consta en el acta cursante de fs. 13 a 14, presente el accionante y su representante sin mandato, ausente la autoridad demandada, se produjeron los siguientes actuados:
Mostrando 16 de 79 parrafos.