Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0440/2020-S2 Sucre, 22 de septiembre de 2020
SALA SEGUNDA Magistrada Relatora: MSc. Brigida Celia Vargas Barañado Acción de amparo constitucional
Expediente: 31816-2019-64-AAC Departamento: Pando
En revisión la Resolución de 15 de noviembre de 2019, cursante de fs. 58 a 60 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Germán Aranibar Ledezma en representación de Manuel Limachi Quispe contra Daniel Tito Atahuichi Álvarez, Ruth Karina Suzaño Cortez y Diego Valdir Roca Saucedo, Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Segundo de Cobija del departamento de Pando.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 13 de noviembre de 2019, cursante de fs. 26 a 37, el accionante a través de su representante, señaló que:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido a instancia suya contra Iver Franklin Zamorano Pórcel; el Ministerio Público presentó acusación formal contra el prenombrado por la presunta comisión del delito de estupro agravado, tipificado por el art. 309 con relación al 310 inc. k) ambos del Código Penal (CP); a diferencia de él que lo hizo por el de violación de infante, niña, niño o adolescente contemplado en el art. 308 Bis con la agravante del art. 310 inc. k) del citado texto legal; sin embargo, los Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Segundo de Cobija del departamento de Pando, emitieron el Auto de apertura de juicio oral de 5 de septiembre de 2019, sin tomar en cuenta la acusación particular formulada por su persona, inobservando lo previsto por el art. 340.II del Código de Procedimiento Penal (CPP); en consecuencia, dentro del plazo establecido solicitó aclaración y enmienda además reposición, que fue rechazado por Ruth Karina Suzaño Cortez, Jueza del indicado Tribunal a través del decreto de 12 del referido mes y año.
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
Denunció la transgresión de los derechos al debido proceso, a la defensa, a la vida, a la salud, a la dignidad humana, a la "seguridad jurídica" y al interés superior de la niña, niño y adolescente; citando al efecto los arts. 15, 60, 61.I, 109, 110, 113, 115, 119 y 121 de la Constitución Política del Estado (CPE). I.1.3. Petitorio
Solicitó se conceda la tutela, disponiendo que el Tribunal de Sentencia Penal Segundo de Cobija del departamento de Pando:
- a)"...ENMIENDE RECTIFIQUE COMPLEMENTE EL AUTO DE APERTURA EN BASE A LA ACUSACIÓN PARTICULAR PRESENTADA ANTE DICHAS AUTORIDADES" (sic); y,
- b)Remitan el expediente con Número de Registro Judicial (NUREJ) 9014049, al "...TRIBUNAL DE SENTENCIA N° 2 PARA QUE FIJEN DÍA Y HORA DE AUDIENCIA PARA EL JUICIO ORAL Y CONTRADICTORIO EN BASE A LA ACUSACIÓN PARTICULAR POR VIOLACIÓN..." (sic).
I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
Celebrada la audiencia pública el 15 de noviembre de 2019, según consta en acta cursante de fs. 56 a 57, se produjeron los siguientes actuados:
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
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