Volver a sentencias
TCP

0442/2020-S1

Tribunal Constitucional Plurinacional
4 de septiembre de 2020SALA PRIMERA
Resumen del caso

Sentencia 0442/2020-S1

Proceso
—

Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0442/2020-S1 Sucre, 4 de septiembre de 2020

SALA PRIMERA Magistrada Relatora: MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo Acción de amparo constitucional

Expediente: 31798-2019-64-AAC Departamento: Santa Cruz

En revisión la Resolución 158/19 de 14 de octubre de 2019, cursante de fs. 103 vta. a 105, pronunciada dentro de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por José Enrique Parada Salazar y Jae Hiyang Elizabeth Yi Cha, representantes legales de Saúl Benjamín Rosas Ferrufino, Rector de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno (UAGRM) contra David Valda Terán y Juan Hugo Iquise Saca, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memoriales presentados el 25 de septiembre y 4 de octubre de 2019, cursante de fs. 69 a 74; y, de fs. 86 a 87, el accionante a través de sus representantes legales expresó los siguientes argumentos de hecho y derecho:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público a instancia de la UAGRM contra Cintya Yackeline Salguero Añez por la presunta comisión de los delitos de prevaricato, resoluciones contrarias a la Constitución y a las Leyes, e incumplimiento de deberes; el 9 de mayo de 2017, la procesada interpuso excepción de extinción de la acción penal por prescripción, misma que fue declarada improbada mediante Auto Interlocutorio 02/2018 de 18 de enero, emitida por el Tribunal de Sentencia Penal Tercero de la Capital del departamento de Santa Cruz; planteó recurso de apelación contra dicha Resolución, el cual fue resuelta por los Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, a través del Auto de Vista 53 de 28 de marzo de 2018, declarando improcedente el recurso de apelación.

En consecuencia, la prenombrada presentó Acción de Amparo Constitucional en contra de los referidos Vocales, acción de defensa en la que se concedió la tutela por la Sala Social Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías; decisión confirmada por el Tribunal Constitucional Plurinacional mediante la , concedió la tutela solicitada, respecto al derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia, y derecho a la defensa; ratificando lo dispuesto por el Tribunal de garantías; es decir, dejar sin efecto el señalado Auto de Vista, debiendo emitirse una nueva resolución pronunciándose sobre todos los agravios expuestos por el apelante, relativos a la norma aplicable al caso para establecer el término de la prescripción y el examen de las causales de interrupción o suspensión del término prescripcional de acuerdo a los antecedentes del proceso, conforme a los fundamentos jurídicos desarrollados en la citada Sentencia Constitucional Plurinacional.

Consecuentemente, los respectivos Vocales dictaron el Auto de Vista 280 de 5 de octubre de 2018, por el que se declara admisible y procedente el recurso de apelación interpuesta por Cintya Yackeline Salguero Añez, revocando el "Auto 01/18 de 18 de enero de 2018" (sic) pronunciada por el mencionado Tribunal, y en el fondo declararon probada la excepción de extinción de la acción penal; cambiando radicalmente la decisión anterior que tomaron, situación que considera lesiva a los derechos fundamentales de la entidad que representa; por cuanto, se desconoce el mandato del art. 112 de la Constitución Política del Estado (CPE), y el nuevo régimen de prescripción en cuanto a delitos cometidos por funcionarios públicos.

I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

Denuncia la lesión de su derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación y congruencia, citando al efecto los arts. 112 y 115.II, de la Constitución Política del Estado (CPE).

I.1.3. Petitorio

Mostrando 15 de 73 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi Lector

Estás viendo aproximadamente el primer 20% del fallo. Activa Pixi Lector para acceder al texto íntegro y al PDF original completo.

Bs. 20/mesPixi Lector

  • Texto íntegro de las sentencias del TCP y TSJ
  • PDF oficial de cada resolución, listo para descargar
  • Citas listas para usar en tus escritos

¿Necesitas también el asistente IA? Compara todos los planes

Tribunal Constitucional Plurinacional4 de septiembre de 20200442/2020-S1Fuente oficial