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TCPJurisprudencia precedencial reiteradora

0452/2021-S4

Tribunal Constitucional Plurinacional
27 de agosto de 2021SALA CUARTA ESPECIALIZADA

Ratio decidendi

Se concede la tutela solicitada, en virtud a que la autoridad demandada incurrió en dilación…

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Resumen del caso

Ficha Jurisprudencial: SCP 0452/2021-S4

El impetrante de tutela, a través de su representante sin mandato, denunció que la autoridad ahora demandada, vulneró el debido proceso y sus derechos a la libertad y a la petición y los principios de celeridad y oportunidad; habida cuenta que, no obstante el 26 de agosto de 2020, solicitó cesación …

Proceso
Jurisprudencia precedencial reiteradora

Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Sintesis del caso

El impetrante de tutela, a través de su representante sin mandato, denunció que la autoridad ahora demandada, vulneró el debido proceso y sus derechos a la libertad y a la petición y los principios de celeridad y oportunidad; habida cuenta que, no obstante el 26 de agosto de 2020, solicitó cesación a su detención preventiva; sin embargo, hasta la fecha de interposición de la presente acción el 7 de septiembre de igual año, no se señaló audiencia ni se dictó resolución que resuelva su situación jurídica.

Sintesis de la ratio decidendi

Se concede la tutela solicitada, en virtud a que la autoridad demandada incurrió en dilación indebida, en la atención y resolución de la solicitud de cesación a la detención preventiva, afectando el derecho a la libertad del impetrante de tutela.

Extracto de la ratio decidendi

F.J.III.3. “…es posible concluir que la autoridad ahora demandada no cumplió ni observó el debido proceso vinculado con la libertad y el principio de celeridad, dado que previo a denegar la atención a la solicitud realizada por el solicitante de tutela, debió haber verificado el estado de la tramitación de la causa, pues pese a que la misma fue remitida, tal como señala la misma autoridad, ante el Tribunal de Sentencia Sexto del departamento de La Paz, sin embargo, no constató si la misma ya contaba con radicatoria en dicha instancia; omisión que conllevó al incumplimiento de las condiciones y los plazos establecidos por la normativa adjetiva penal (…). (…) se establece que al incumplir con su deber de resolver lo solicitado en los plazos más breves posibles, provocó una dilación ilegal e irrazonable al impetrante de tutela, omitiendo otorgar la celeridad necesaria a la solicitud vinculada con la libertad”.

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0452/2021-S4 Sucre, 27 de agosto de 2021

SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: René Yván Espada Navía Acción de libertad

Expediente: 35591-2020-72-AL Departamento: La Paz

En revisión la Resolución de 011/2020 de 8 de septiembre, cursante de fs. 37 a 38 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Blady Choquetilla Maya en representación sin mandato de Rodrigo Illanes Mendoza contra Zacarías Javier Vargas Arancibia, Juez de Instrucción Penal Segundo del departamento de La Paz.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 7 de setiembre de 2020, cursante de fs. 3 a 6, el accionante a través de su representante sin mandato, manifestó los siguientes:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público por la presunta comisión de los delitos de estafa y otros, radicado en el Juzgado de Instrucción Penal Segundo de La Paz, dispuso su detención preventiva, medida que viene cumpliendo desde hace aproximadamente dos años atrás; por lo que, en reiteradas oportunidades solicitó su cesación a la detención preventiva; peticiones que no fueron tramitadas con la debida celeridad por parte de la autoridad hoy demandada, quien tampoco remitió las apelaciones interpuestas sino hasta la interposición de acciones de libertad.

Mostrando 16 de 79 parrafos.

Sintesis del caso

El impetrante de tutela, a través de su representante sin mandato, denunció que la autoridad ahora demandada, vulneró el debido proceso y sus derechos a la libertad y a la petición y los principios de celeridad y oportunidad; habida cuenta que, no obstante el 26 de agosto de 2020, solicitó cesación a su detención preventiva; sin embargo, hasta la fecha de interposición de la presente acción el 7 de septiembre de igual año, no se señaló audiencia ni se dictó resolución que resuelva su situación jurídica.

Descriptores

Confirmadora
Tribunal Constitucional Plurinacional27 de agosto de 20210452/2021-S4Fuente oficial