Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0453/2020-S4 Sucre, 16 de septiembre de 2020
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano Acción de libertad Expediente: 32691-2020-66-AL Departamento: Cochabamba
En revisión la Resolución de 7 de enero de 2020, cursante de fs. 22 a 26, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Wilson Calizaya Mamani contra Israel Lander Claros Hinojosa, Juez de Instrucción Penal Primero de Sacaba del departamento de Cochabamba.
I.ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 6 de enero de 2020, cursante DE fs. 2 a 5 y vta., el accionante expresó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En la imputación formal interpuesta en su contra, el Fiscal de Materia no observó las disposiciones de la Ley de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de la Lucha Integral contra la Violencia a Niños, Niñas, Adolescentes y Mujeres -Ley 1173 de 3 de mayo de 2019-, por cuanto no cumplió con la obligación de establecer el plazo de la detención preventiva y tampoco identificó qué actos realizaría durante ese tiempo, vulnerando el debido proceso en su elemento del "derecho a la libertad" (sic), dichos aspectos que no fueron observados por el Juez ahora demandado, de manera contradictoria, conveniente y oficiosa, determinó el plazo de seis meses de duración de la citada medida cautelar.
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El impetrante de tutela consideró lesionado su derecho al debido proceso en su elemento del "derecho a la libertad" (sic), citando el referido el art. 23.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 9 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH); 9 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 7 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CAHD).
I.1.3. Petitorio
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