Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0454/2020-S3 Sucre, 2 de septiembre de 2020
SALA TERCERA Magistrado Relator: Dr. Petronilo Flores Condori Acción de libertad
Expediente: 32520-2020-66-AL Departamento: Beni
En revisión la Resolución 3/2019 de 31 de diciembre, cursante de fs. 31 a 32, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Bergman Cuellar Arauz en representación sin mandato de Marcia Siles Mancilla contra Fabiola Fátima Vaca Guzmán Araujo, Jueza Pública de Familia e Instrucción Penal Primera de Santa Ana del Yacuma del departamento de Beni.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
La accionante a través de su representante sin mandato, por memorial presentado el 30 de diciembre de 2019, cursante de fs. 11 a 13, manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En el proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra, por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica previsto y sancionado por el art. 272 Bis del Código Penal (CP), se le impuso las siguientes medidas sustitutivas a la detención preventiva:
- a)Presentarse una vez por semana ante el Fiscal de Materia para firmar el libro correspondiente;
- b)Prestar una fianza económica de Bs5 000.- (cinco mil bolivianos); y,
- c)Arraigo. Sin embargo, pese que cumplió con dichas medidas y asistió a todos los actos procesales a los que fue convocada, el 27 de diciembre de 2019, a solicitud de la víctima -se entiende del proceso penal- se revocaron las mismas, disponiendo su detención preventiva. El 23 de igual mes y año, la Jueza ahora accionada solicitó al Ministerio Público la conminatoria para que en el término de cinco días presente requerimiento conclusivo por vencimiento de plazo de la etapa preparatoria, sin recibir respuesta.
Mostrando 10 de 46 parrafos.