Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0459/2020-S1 Sucre, 8 de septiembre de 2020
SALA PRIMERA Magistrada Relatora: MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo Acción de libertad
Expediente: 32631-2020-66-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 203/2019 de 14 de noviembre, cursante de fs. 18 y vta.; pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Blady Choquetilla Mayta y Aydee Daniela Salguero Gonzales en representación sin mandato de Aldahir Eloy Céspedes Vacaflor contra Luís Miguel Arauz Martínez, Director y Miguel Yanarico Nacho, Suboficial ambos del Centro Penitenciario San Pedro de La Paz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 12 de noviembre de 2019, cursante de fs. 2 a 3 vta., el accionante por intermedio de sus representantes manifestó que:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 8 de noviembre de 2019, se llevó a cabo una audiencia de acción de libertad ante el Tribunal de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de La Paz, en la que se dispuso su inmediata libertad, entregándole el correspondiente mandamiento que debió ser ejecutado en el mismo instante.
Al promediar las 18:45 horas, Miguel Yanarico Nacho, funcionario del Centro Penitenciario San Pedro de La Paz, se rehusó ejecutar el mandamiento de libertad; por lo que, solicitó hablar con el Director del referido Centro Penitenciario, recibiendo como respuesta que la referida autoridad tenía conocimiento del asunto, pero que de igual manera no podía dar cumplimiento al mismo por estar fuera de horario; en consecuencia, lo haría el lunes 11 de noviembre del mismo año.
El mencionado día, tampoco consideraron atenderlo con el argumento de que existían conflictos sociales en el país, negando la ejecución del Mandamiento de Libertad; cuando el mismo debió ser ejecutado el día viernes o a primera hora de ese día.
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