Texto del fallo
Sintesis del caso
El accionante a través de su representante sin mandato denunció la lesión de su derecho al debido proceso en su elemento celeridad vinculado con su libertad, por cuanto la autoridad jurisdiccional ahora demandada no remitió hasta la fecha de interposición de esta acción de defensa, la acusación al Juzgado de Sentencia de turno del departamento de La Paz, así como el requerimiento conclusivo de acusación formal emitido por el Ministerio Público.
Sintesis de la ratio decidendi
Se denegó la tutela impetrada, al no concurrir los presupuestos dispuestos que permitan tutelar en esta vía las infracciones al debido proceso.
Extracto de la ratio decidendi
F.J.III.2 “…conforme a la jurisprudencia constitucional desarrollada en el Fundamento Jurídico III.1 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, la protección que otorga esta acción de libertad con relación al debido proceso, no abarca a todas las formas en que éste puede ser infringido sino a aquellos supuestos vinculados directamente con el derecho a la libertad física y de locomoción por operar como causa directa para su restricción. En ese entendido, la supuesta dilación denunciada por el impetrante de tutela, no quebranta directamente su derecho a la libertad. Por otra parte, tampoco se advierte cuál sería el estado de indefensión al que pudiera estar expuesto el solicitante de tutela”.
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0462/2021-S4 Sucre, 27 de agosto de 2021
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano Acción de libertad
Expediente: 35587-2020-72-AL Departamento: La Paz
Mostrando 10 de 50 parrafos.