Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0474/2021-S2 Sucre, 27 de agosto de 2021
SALA SEGUNDA Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de libertad
Expediente: 35625-2020-72-AL Departamento: Cochabamba
En revisión la Resolución de 8 de septiembre de 2020, cursante de fs. 16 a 18 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Rolando Ramos Gutiérrez en representación sin mandato de Lucy Sara Escobar Velasco y Osvaldo Gareca Álvarez contra Edwin Cárdenas Ugarte, Director Departamental de Cochabamba; y Víctor Guzmán Choque, funcionario policial, ambos de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC).
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 7 de septiembre de 2020, cursante de fs. 7 a 9 vta., los accionantes a través de su representante, expresaron lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 20 de mayo de 2020 se inició investigación en su contra por supuestos delitos de terrorismo, financiamiento al terrorismo y delitos contra la salud pública; el 22 de igual mes y año se emitieron mandamientos de aprehensión, ejecutados el 22 de junio de ese año, en la ciudad de Cochabamba dentro de la localidad Kara Kara, enviándolos posteriormente a la ciudad de Nuestra Señora de La Paz, ante Omar Alcides Mejillones Copana, Fiscal de Materia especializado en delitos de anticorrupción, legitimación de ganancias ilícitas y delitos aduaneros y tributarios.
El 24 del mes y año señalados, fue emitida la imputación formal y al día siguiente el Juez de Instrucción Penal Tercero de la Capital del departamento de La Paz dispuso su detención preventiva, en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes para Lucy Sara Escobar Velasco y en el Recinto Penitenciario San Pedro de Chonchocoro para Oswaldo Gareca Álvarez.
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