Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0485/2020-S1 Sucre, 11 de septiembre de 2020
SALA PRIMERA Magistrada Relatora: MSc. Georgina Amusquivar Moller Acción de amparo constitucional
Expediente: 31993-2019-64-AAC Departamento: Pando
En revisión la Resolución 91/19 de 25 de noviembre de 2019, cursante de fs. 18 a 19, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Natalia Silvano Moreno contra Margarita Jiménez Aramayo, Alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal de Nueva Esperanza del departamento de Pando.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 21 de noviembre de 2019, cursante a fs. 5 y vta., la accionante expresó que:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
A través de memorial de 7 de octubre de 2019, solicitó a Margarita Jiménez Aramayo, Alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal de Nueva Esperanza del departamento de Pando, informe y certificación sobre cuatro puntos de conformidad al art. 24 de la Constitución Política del Estado (CPE); sin embargo, dicha solicitud hasta la fecha de interposición de la presente demanda tutelar no mereció una respuesta por parte de la funcionaria pública, siendo que correspondía que la misma responda conforme a derecho; no obstante, se niega a hacerlo por escrito, por lo cual considera que su derecho a la petición fue vulnerado conforme lo establece la .
I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
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