Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0491/2020-S1 Sucre, 14 de septiembre de 2020
SALA PRIMERA Magistrada Relatora: MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo Acción de libertad
Expediente: 32771-2020-66-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución T.G.C. 02/2020 de 7 de enero, cursante de fs. 11 a 12, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Roxana Karina Cuba Chirinos en representación sin mandato de René Marcelo Hurtado Sandoval contra Milenka Morayma Gutiérrez Antezana, Jueza de Instrucción Penal Segunda de El Alto del departamento de La Paz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 6 de enero del 2020, cursante de fs. 2 a 3 vta., el impetrante de tutela a través de su representante sin mandato, expuso los siguientes argumentos de hecho y derecho:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido a instancia del Ministerio Público en su contra por la presunta comisión del delito de legitimación de ganancias ilícitas conforme el art. 185 bis del Código Penal (CP); al ser detenido el 3 de enero de 2020, señaló audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares de carácter personal para el 5 de igual mes y año, la Jueza de Instrucción Penal Segunda de El Alto del departamento de La Paz, ante la inasistencia del Fiscal de la causa, dispuso cuarto intermedio conforme al art. 113.II, de la Ley de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de la Lucha Integral Contra La Violencia a Niñas, Niños, Adolescentes y Mujeres -Ley 1173 de 3 de mayo de 2019-; reinstalada la audiencia, y ante la inasistencia del referido Fiscal, ordenó su libertad; empero, no emitió de manera inmediata el mandamiento de libertad, por lo que tuvo que pasar otra noche más detenido, encontrándose sesenta y cinco horas sin poder desplazarse.
I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
El impetrante de tutela considera lesionado sus derechos a la libertad personal y de locomoción, citando al efecto los arts. 13, 22, 23, 116, 120, "122, y 126" de la Constitución Política del Estado (CPE).
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela impetrada; y en consecuencia, se ordene a la Jueza de Instrucción Penal Segunda de El Alto del departamento de La Paz, que de manera inmediata libre el mandamiento de libertad.
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