Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0491/2021-S2 Sucre, 31 de agosto de 2021
SALA SEGUNDA Magistrada Relatora: MSc. Brigida Celia Vargas Barañado Acción de amparo constitucional
Expediente: 36355-2020-73-AAC Departamento: Oruro
En revisión la Resolución 60/2020 de 7 de octubre, cursante de fs. 135 a 139, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Sonia Sandra Choque Ajhuacho contra Emilio Vargas Tapia, Remberto Jaime y Magaly Karina Vargas Mamani; y, Emily Edith Huanca Juaniquina de Vargas.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 29 de septiembre de 2020, cursante a fs. 1 y 82 a 86, la accionante señaló que:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 28 de diciembre de 2014, junto a Eriberto Enrique Vargas Mamani -entonces esposo-, se mudaron a la vivienda que hicieron construir en el terreno, ubicado en la urbanización 7 de Marzo, lote 11, manzano 41, zona este de la ciudad de Oruro, que les dio su "suegro" como obsequio de matrimonio; posteriormente, el 2017 se divorciaron, pero continuaron viviendo en el mismo, incluso se reconciliaron; sin embargo, ante las constantes agresiones verbales hacia su persona por parte de la familia de su expareja (Remberto Jaime Vargas Mamani, Emily Edith Huanca Juaniquina de Vargas, Magaly Karina Vargas Mamani y Emilio Vargas Tapia -ahora demandados-), el 18 de agosto de 2020, este se fue de la casa, desconociendo su paradero.
Es así que, el 6 de septiembre de igual año a horas 19:30, no pudo ingresar a su domicilio debido a que la chapa fue cambiada, pero se prestó escalera del vecino para poder acceder al mismo, una vez en el interior evidenció que le faltaba la suma de dinero de Bs30 000.- (treinta mil bolivianos), llamando inmediatamente al personal de Radio Patrullas 110, quienes le dijeron que acuda a la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) y a la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia (FELCV); sin embargo, ninguna autoridad compareció a su llamado.
El 10 de idéntico mes y año, cuando retornó a su domicilio a horas 19:30, nuevamente encontró la chapa cambiada, contactándose con la indicada Radio Patrullas, constituyéndose en el lugar funcionarios policiales a horas 20:30, quienes constataron que Magaly Karina Vargas Mamani y su "sobrino" estaban al interior de su vivienda; por lo que, fueron trasladados a la estación policial, donde se presentaron su exsuegro y una abogada, los que se comprometieron a no prohibirle el ingreso a su hogar, entregándole una copia de la llave de la puerta de calle (garaje).
El 24 de septiembre de 2020, al volver de su trabajo a horas 18:20, encontró todas sus pertenencias (muebles y enseres e incluso sus mascotas) en la calle y junto a ellas los ahora demandados, quienes le amenazaron con hacerla desaparecer; por tal razón, no se acercó y acudió al Módulo Policial 4 para interponer la denuncia correspondiente; empero, no fue recepcionada derivándola a la FELCC División Propiedades, la cual tampoco la admitió al ser un caso conyugal, pernoctando esa noche en casa de una amiga.
Al día siguiente, se constituyó junto a familiares en su domicilio, evidenciando que sus cosas se encontraban en el patio de su vivienda, pero no le permitieron el ingreso, gritándole que nada debían hablar, y todo sería a través de abogados, entonces sacó fotos para activar la vía constitucional.
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
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