Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0500/2020-S4 Sucre, 29 de septiembre de 2020
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: René Yván Espada Navía Acción de libertad
Expediente: 32993-2020-66 AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 04/2020 de 28 de enero, cursante de fs. 174 a 180, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Jhony David Zeballos Vargas en representación sin mandato de Yenny Prado Saavedra contra Erika Neptali Aranda Uzquiano, Jueza de Instrucción Penal Primera de la zona Sur del departamento de La Paz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 27 de enero de 2020, cursante de fs. 1 y 7 a 8, el accionante a través de su representante sin mandato, manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del caso signado como CASO FIS: LPZ-1106144, radicado ante el Juzgado de Instrucción Penal Sexto del departamento de La Paz, la Jueza de Instrucción Penal "Segundo" del referido departamento, en suplencia legal, en audiencia de consideración de revocación de medidas sustitutivas, determinó su detención preventiva con base en una aprehensión ilegal en su contra y sin considerar que la privación de su libertad en un recinto penitenciario implica un riesgo para su vida, toda vez que, en su condición de abogada patrocinó causas en contra de personas que se encuentran recluidas en el mismo; encontrándose además muy delicada de salud, al extremo que el 27 de enero de 2020, la tuvieron que sacar de las celdas judiciales de emergencia para conducirle a un centro médico, puesto que el Centro de Orientación Femenina de Obrajes de La Paz, solo se cuenta con un médico que asiste dos veces por semana. En un caso análogo, la "" estableció que el Juez se encuentra obligado a emitir resolución y otorgar la libertad.
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