Texto del fallo
Texto de la resolucion
VOTO DISIDENTE Sucre, 8 de junio de 2022
SALA SEGUNDA Magistrada Disidente: MSc. Brigida Celia Vargas Barañado Acción de amparo constitucional
Expediente: 41226-2021-83-AAC Departamento: Cochabamba
Partes: Reina Elizabeth Rodríguez Quintela contra Carlos José Herbas Mariscal, Director Departamental del Servicio de Registro Cívico (SERECI) Cochabamba.
I. ANTECEDENTES RELEVANTES DE LA DISIDENCIA
La suscrita Magistrada expresa su disidencia con lo resuelto en la , que revocó en parte la Resolución AAC-0136/2021 de 13 de agosto, pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y en consecuencia, concedió parcialmente la tutela impetrada, respecto a la motivación y congruencia denunciada en relación a la taxatividad y tipicidad, dejando sin efecto la Resolución de Recurso Jerárquico 01/2021 de 13 de abril, dictada por Carlos José Herbas Mariscal, Director Departamental del SERECI del citado departamento, debiendo este emitir un nuevo fallo; y, denegó en lo referente a la falta de fundamentación y la labor interpretativa de este Tribunal Constitucional Plurinacional, así como la lesión de los derechos al trabajo y dignidad humana; que, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), expone los motivos que la sustentan.
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
La accionante denuncia la transgresión de sus derechos al debido proceso en sus componentes de fundamentación, congruencia, taxatividad, tipicidad e impugnación, al trabajo y a la dignidad humana; indicando que, el Director Departamental del SERECI Cochabamba -demandado-, al emitir la Resolución de Recurso Jerárquico 01/2021 de 13 de abril, no se pronunció respecto a todos los agravios relacionados a la falta de tipicidad y taxatividad que expuso en el recurso jerárquico interpuesto contra la Resolución Recurso Revocatoria 01/2021 de 22 de febrero, generando incongruencia externa; asimismo, suprimió el énfasis que ella efectuó en la expresión de agravios; concluyendo que lo obrado por la autoridad inferior era correcto y válido sin fundamentar por qué llegó a esa conclusión; más al contrario, realizó una réplica exacta a los argumentos contenidos en la Resolución confutada.
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