Texto del fallo
Texto de la resolucion
FUNDAMENTACIÓN DE VOTO ACLARATORIO Sucre, 16 de septiembre de 2020
SALA PRIMERA Magistrada Relatora: MSc. Georgina Amusquivar Moller
Acción de amparo constitucional
Expediente: 32085-2019-64-AAC Departamento: La Paz
Partes: Raymi Dionicio Pardo Hernanz contra Hugo Luis Torrez Quispe, Secretario Ejecutivo de la Central Obrera Departamental (COD) de La Paz
La suscrita Magistrada, en aplicación del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), expresa su Voto Aclaratorio sobre lo resuelto en la , respecto al contenido de su argumentación interna, bajo los siguientes argumentos:
I. ANTECEDENTES
De los hechos que motivaron la interposición de la presente acción de defensa, que se constituyen en la causa para solicitar el resguardo de los derechos invocados por la parte accionante, se identifica como problema jurídico a resolver el siguiente:
El accionante denuncia la vulneración de su derecho a la petición; toda vez que, el Secretario Ejecutivo de la COD de La Paz, no respondió hasta la fecha de interposición de la presente acción de defensa las Notas presentadas el 7 y 11 de septiembre de 2018; y, 23 de octubre del mismo año; de igual modo, las Notas de 1 de febrero y 8 de julio ambas de 2019, de solicitud de documentación relativa a su expulsión; por lo que, solicita se conceda la tutela impetrada y, se disponga que, en el plazo de veinticuatro horas, se le entregue la documentación requerida.
Expuesta la problemática, la , resolvió "CONFIRMAR la Resolución 152/2019 de 7 de octubre, cursante de fs. 125 a 126 vta., emitida por la Sala Constitucional Primera del departamento de La Paz".
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