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TCP

0505/2021-S1

Tribunal Constitucional Plurinacional
7 de octubre de 2021SALA PRIMERA
Resumen del caso

Sentencia 0505/2021-S1

Proceso
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Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0505/2021-S1 Sucre, 7 de octubre de 2021

SALA PRIMERA Magistrada Relatora: MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo Acción de libertad

Expediente: 36092-2020-73-AL Departamento: La Paz

En revisión la Resolución 314/2020 de 28 de septiembre, cursante de fs. 47 a 48 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Omar Adriano Beramendi Contreras en representación sin mandato de María Elizabeth Inchausti de Vera Loza contra Piter Luduen Apaza Apaza, Herlanda Vanesa Apaza Apaza, Carla Rasshel Chavarría y Elza Apaza Maldonado.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 27 de septiembre de 2021, cursante de fs. 31 a 35 vta., la accionante, manifestó los siguientes argumentos de hecho y derecho:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Señala que su hijo, Mauricio Vera Loza, mantuvo una relación amorosa con el ahora demandado, Piter Luduen Apaza Apaza, a quien llevó a vivir a su domicilio; sin embargo, ante el comportamiento hostil presentado por el demandado, le solicitó que abandonara el inmueble; empero, a través de peleas, insultos y amenazas, el 5 de diciembre de 2019 este último logró expulsarla de su bien inmueble, junto a su hijo y a su esposo, quien es una persona adulta mayor. Una vez desalojados, el demandado de manera inmediata ingresó a vivir al domicilio de su propiedad junto a los ahora codemandados, quienes resultan ser sus familiares.

Refiere que el 31 de agosto de 2020, la ahora impetrante de tutela, conjuntamente su familia, tomaron la decisión, como propietarios, de ir a su bien inmueble, y tomaron posesión del mismo; sin embargo, el 1 de septiembre del mismo año, los ahora demandados y otros particulares varones, ingresaron al referido inmueble con actos de intimidación, procediendo a cambiar chapas y candados, motivo por el cual se inició un proceso penal por allanamiento.

Ante este reclamo, señala que el accionado vive amenazándoles para que no se acerquen a dicho inmueble, además de acosarles constantemente a la accionante y su familia, rondando la casa donde ésta vive, para generarles pánico, llegando al extremo de hackear la cuenta personal de Facebook de su hijo, para insultarla y amenazarle por dicha red social.

Dicha actitud violenta, intimidante, acosadora, que adopta el demandado, pone en inminente riesgo la vida de la accionante, quien a la fecha tiene 67 años de edad y su esposo 71 años, lo que los coloca en un sector vulnerable, adultos mayores; refiere además que según el examen psicológico, esta situación le ha causado que pierda significativamente su peso, además de padecer de personalidad de tipo paranoide, trastorno de ansiedad generalizada, estado de salud que se agrava constantemente por la situación angustiante que atraviesa y que le provoca la subida repentina de su presión arterial, descompensándola constantemente, ante el terror de volver al inmueble que prestó a su hijo, y encontrarse con el demandado y sus familiares, y que estos atenten contra su vida y la de su familia.

I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

Considera lesionados sus derechos a la vida, a la libertad y libre locomoción, a la integridad física, psicológica y sexual de los adultos mayores, citando al efecto los arts. 15 y 67 de la Constitución Política del Estado (CPE).

I.1.3. Petitorio

Solicitó se conceda la tutela; y en consecuencia se disponga:

  1. a)El cese del hostigamiento por parte de los demandados contra su persona y su familia;
  2. b)Que se prohíba a los demandados acercarse a la accionante y a sus familiares a un radio de tres cuadras; y,
  3. c)En el plazo de cuarenta y ocho horas los demandados desalojen el bien inmueble ubicado en la calle 2 Barrio Petrolero N° 18 Urbanización Alto Calacoto, zona Cota Cota, de la ciudad de Nuestra Señora de La Paz.

I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías

Efectuada la audiencia pública el 27 de septiembre de 2020, según acta de fs. 43 a 46, se produjeron los siguientes actuados:

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

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Tribunal Constitucional Plurinacional7 de octubre de 20210505/2021-S1Fuente oficial