Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0515/2020-S4 Sucre, 29 de septiembre de 2020
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano Acción de amparo constitucional
Expediente: 31947-2019-64-AAC Departamento: Beni
En revisión la Resolución 96/2019 de 11 de noviembre, cursante de fs. 29 a 34, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Pablo Gutiérrez Oyola contra Denis Villarroel, Yilda Rodríguez y Egir Laruci.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 5 de noviembre de 2019, cursante de fs. 12 a 17 vta., el accionante manifestó los siguientes argumentos de hecho y de derecho:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Mediante Escritura Pública 55/09 de 8 de mayo de 2009, adquirió de Walter Adad Chávez, legalmente representado por Ana Karina Adad Yañez, en calidad de venta y enajenación perpetua, un lote de terreno ubicado en la urbanización "María Jesús", manzano "H", calle sin nombre, que a su vez se encuentra conformado por los lotes 18 y 19 cuya superficie conjunta consta de 1 204,26 metros cuadrados, con Código Catastral 6-44-18Y19, inscrito en Derechos Reales (DD.RR.), bajo la matrícula computarizada 8.01.1.01.0011525 de la Capital y Cercado de Beni, el 11 de mayo de 2009.
El 3 de septiembre de 2019, en una visita rutinaria a su lote en la señalada urbanización, observó que maquinaria pesada efectuaba trabajos de limpieza y apertura de calles; sin embargo, cuando llegó a su lote, se percató de que quince personas, entre hombres y mujeres, munidos de palas y machetes, realizaban mediciones sobre sus lotes y los de otros vecinos, sobre los cuales, se habían edificado construcciones precarias de reciente fabricación, lo que lo llevó a concluir que su propiedad, al igual que la de los demás, había sido avasallada de forma ilegal y arbitraria, sin consentimiento de los propietarios.
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