Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0525/2021-S1 Sucre, 12 de octubre de 2021
SALA PRIMERA Magistrada Relatora: MSc. Georgina Amusquivar Moller Acción de amparo constitucional
Expediente: 36893-2021-74-AAC Departamento: Beni
En revisión la Resolución 054/2020 de 9 de noviembre, cursante de fs. 28 a 31, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Denar Mauricio Parada Paz contra Luis Sergio Urioste Limarico representante legal de la Compañía de Servicios de Transporte Aéreo Amaszonas S.A.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 5 de octubre de 2020, cursante de fs. 9 a 10 vta., el accionante expresó lo siguientes argumentos de hecho y derecho:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En el mes de marzo de 2020, producto de un proceso judicial canceló pasajes de un detenido y dos escoltas policiales, quienes debían viajar de la ciudad de La Paz a Santa Cruz; sin embargo, por motivos administrativos no se concretizó dicho viaje, razón por la que solicitó la devolución de dichos pasajes a la Compañía Amaszonas mediante escrito el 13 de marzo del mencionado año, reiterando su pedido el 15 de julio de igual año, sin tener respuesta alguna.
La Empresa ahora demandada en el mes de septiembre le indicó que reitere su pedido, adjuntando las anteriores solicitudes y los pasajes originales; haciendo caso presentó nuevamente su petición el 1 de octubre del mencionado año; sin embargo, tampoco esta última solicitud mereció respuesta por lo que considera que vulneraron su derecho a la petición y a recibir una repuesta pronta y oportuna por más de tres meses.
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Denuncia la vulneración de su derecho a la petición, citando al efecto el art. 24 de la Constitución Política del Estado (CPE).
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela, disponiendo que:
- a)La Compañía ahora demandada le otorgue una respuesta formal, pronta y oportuna;
- b)Que sea con condenación de costas.
I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
La audiencia pública de consideración de la presente acción de defensa, se efectuó mediante plataforma Cisco Webex, el 9 de noviembre de 2020, según consta en acta cursante a fs. 26 a 27, produciéndose los siguientes actuados:
I.2.1. Ratificación de la acción
El peticionante de tutela, no se hizo presente en la audiencia pese a su legal notificación (fs.14) y conforme consta del informe evacuado por la Secretaria de la Sala Constitucional Segunda (fs.26).
I.2.2. Informe del demandado
Luis Alejandro Vera Álvarez, Representante Legal de la Compañía de Servicios de Trasporte Aéreo Amaszonas S.A., representado a su vez por Rodolfo Alejandro Orellana Jordán, no presentó informe escrito, sin embargo, en audiencia señaló que:
- 1)No se habría cumplido con la subsidiaridad, habiendo otras vías de reclamo "...como la ATT, y al consumidor (...) si hubiese algún daño o hubiese algún derecho conculcado..." (sic); y,
- 2)Se habría cumplido con la devolución del monto del pasaje mediante transferencia bancaria con el respectivo descuento de gastos administrativos y formularios, solicitando denegar la tutela impetrada.
I.2.3. Resolución
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