Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0529/2020-S2 Sucre, 13 de octubre de 2020
SALA SEGUNDA Magistrada Relatora: MSc. Brigida Celia Vargas Barañado Acción de libertad
Expediente: 33319-2020-67-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 70/2019 de 4 de diciembre, cursante de fs. 31 a 32 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Dieter Rodolfo Burgoa Vargas contra el Juzgado de Ejecución Penal Segundo del departamento de La Paz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 3 de diciembre de 2019, cursante de fs. 8 a 13 vta., el accionante, expresó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Fue sentenciado a tres años y seis meses de privación de libertad, como consecuencia de haber sido declarado culpable por el delito de robo agravado, es así que al presente se encuentra "...Condenado a pena privativa de libertad 3 años, 6 meses, de lo cual he cumplido 2 años, 11 meses y más beneficio penitenciario Redención 11 meses, 20 días, igual pena cumplida más Redención es 3 años, 10 meses y 20 días..." (sic); es decir, haciendo un total de tres años diez meses y veinte días; por lo que, superó la pena impuesta, debiendo concedérsele la libertad definitiva aspecto que el "juez" no dio cumplimiento en relación al mencionado beneficio, tampoco al extramuro ni a una libertad condicional.
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
Denunció la lesión de su derecho a la libertad, citando al efecto el art. 117.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
I.1.3. Petitorio
Solicitó se conceda la tutela, ordenando su libertad definitiva.
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