Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0529/2021-S1 Sucre, 13 de octubre de 2021
SALA PRIMERA Magistrada Relatora: MSc. Georgina Amusquivar Moller Acción de amparo constitucional
Expediente: 40996-2021-82-AAC Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 65/2021 de 31 de marzo, cursante de fs. 63 a 67; pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Boris Gustavo Arias Pizarro contra María Bernabé Ledezma Flores, Directora Administrativa e Inés Risco Masias, Directora Pedagógica; ambas de la Unidad Educativa Americana Colegio American School del departamento de La Paz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memoriales presentados el 17 de febrero y 11 de marzo de 2021, cursantes de fs. 7 a 19 vta. y 22 a 24 vta., el accionante manifestó los siguientes argumentos de hecho y derecho:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En la gestión 2020, sus hijos BSAK de 6 y DAAK de 15 años, cursaron el kinder y tercero de secundaria respectivamente, en la Unidad Educativa Americana Colegio American School, por motivos y situación de fuerza mayor el primer trimestre de ese año, emergente de la cuarentena, el ahora accionante se fue endeudando por alquiler de su vivienda, oficina y alimentos, situación que se agravó debido a que contrajo Covid-19, y la deuda se incrementó debido a los medicamentos; por lo que, paso un prolongado tiempo en cama. En cuanto se recuperó por el mes de octubre fue a la mencionada Unidad Educativa, "...lo que me decían es que si o si tengo que pagar las pensiones, y para recoger las libretas todo tiene que estar pagado, yo les decía que pagaría, que no quiero sacarlos a mis hijos del colegio, solo quería una prorroga (...) reitero quería hablar con la directora (...) vanos fueron mis esfuerzos, no pude hablar con esta autoridad y explicarle mi situación..." (sic).
El 2021, se apersonó al colegio en cinco oportunidades para hablar con la Directora Administrativa, y solicitarle un plazo hasta fines de febrero para cancelar la deuda de pensiones de sus hijos, y de la misma forma le autorizara poder inscribirlos; sin embargo, de "...palabras de la secretaria, si o si tenía que cancelar la deuda del 2020..." (sic), y le indicó que deje su número de celular porque la Directora Administrativa se contactaría; ante el lapso de tiempo prolongado y al no recibir respuesta es que; el 9 de febrero de 2021, presentó memorial dirigido a la Directora Administrativa, donde solicitó autorización para la inscripción de sus hijos, y pidió un plazo hasta el mes de febrero para la cancelación del monto adeudado, dicha solicitud obtuvo respuesta al día siguiente "...me llama la secretaria de la unidad educativa, me dice que pase por el colegio. Una vez en el colegio (...) la directora indica a la secretaria que me entregue mi respuesta y mis papeles (...) me pongo a leer y era que estos me decían que ya no había inscripciones que estas ya habrían vencido, y que mi deuda la pague hasta el mes de marzo, me devuelvan mis libretas" (sic).
Concluye refiriendo, que las autoridades de la Unidad Educativa Americana Colegio American School, echaron a la calle a sus dos hijos, por una deuda de pensiones de la gestión 2020, sin tomar en cuenta la terrible pandemia, actuando al margen de la solidaridad, confraternidad y humanidad que debería ser en este tiempo de crisis, la regla.
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Denunció la vulneración del derecho a la educación, al debido proceso, a la no discriminación, a la igualdad, a la dignidad, a la vida digna, a la integridad física, psicológica, a la salud; citando al efecto los siguientes artículos: 13; 14, 15.I, II y III; 17; 18; 24.I, II y III; 58; 59.I, II, III y IV; 60; 61.I y II; 62; 64.I y II; 77.I,II y III; 78.I, II, III y IV; 79; 80.I y II; 81.I, II y III; 82.I, II y III; 83; 84; 85; 86; 87; 88.I y II; 89.I, II y III; 90.I, II y III; 109.I y II; 115.I y II; 116.I y II; 117.I y II; 119.II; 120.I; 178.I; 180.I y II; 256.I y II; y, 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).
I.1.3. Petitorio
Solicitó se conceda la tutela y se disponga:
- a)La inmediata inscripción de sus dos hijos de 6 y 15 años, a primero de primaria y cuarto de secundaria respectivamente, en la Unidad Educativa Americana Colegio American School; y,
- b)Plan de pagos para la cancelación de las pensiones adeudadas de sus hijos correspondientes a la gestión 2020.
I.2. Audiencia y resolución de la Sala Constitucional
Celebrada la audiencia virtual pública el 31 de marzo de 2021, según consta en el acta cursante de fs. 56 a 62, se produjeron los siguientes actuados:
Mostrando 18 de 87 parrafos.