Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0531/2021-S4 Sucre, 14 de septiembre de 2021
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano Acción de amparo constitucional
Expediente: 36297-2020-73-AAC Departamento: Oruro
En revisión la Resolución 87/2020 de 8 de octubre, cursante de fs. 22 a 25, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Fernando Arispe Crespo en representación legal de María Guadalupe Álvarez Rodríguez contra José Douglas Verduguez Tudela, Administrador Regional a.i. de la Caja Nacional de Salud (CNS) Oruro.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 1 de octubre de 2020, cursante de fs. 1 y 10 a 12, la accionante a través de su representante legal, manifestó los siguientes argumentos de hechos y de derecho:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
La solicitante de tutela ingresó a trabajar a la CNS, como resultado de un concurso de mérito y examen de competencia "PROCEDIMIENTO DE INSTITUCIONALIZACION" (sic), contando al presente con una antigüedad de trece años, habiendo prestado sus servicios profesionales a esa institución gestora de salud, a tiempo completo con funciones específicas, no teniendo antecedente alguno en su contra.
En el cumplimiento de sus funciones como Jefe de Servicios de Radiología, se suscitaron algunos hechos que provocaron su renuncia al cargo; toda vez que, Lily Herrera Yucra, nueva Jefe Médico Regional, aprovechando sus funciones, se dio a la tarea de difamarla, haciendo aseveraciones y desmereciendo su reputación y honorabilidad; motivo por el cual, el 8 de septiembre de 2020, solicitó a la autoridad ahora demandada, le extiendan fotocopias legalizadas del informe de 25 de agosto de 2020, que Lily Herrera Yucra, ex Jefe Médico Regional a.i. de la CNS Oruro, presentó a la Administración del referido ente de salud, relacionado a su remoción en calidad de Médico Radiólogo del Hospital Obrero, así como del informe que impone una sanción, en cumplimiento a la Resolución de Gerencia General de 6 de junio de 2020, en contra de las ex autoridades Regionales de la CNS Oruro, (ex Administrador y ex Jefe Médico), con la finalidad de formular acciones penales correspondientes; no obstante, la entidad gestora de salud no dio ninguna respuesta al respecto, por cuyo efecto, reiteró su petición mediante los cites de 18 y 24 de septiembre de 2020; empero, hasta la fecha de interposición de la presente acción de defensa, su solicitud no fue respondida, afectando su situación personal, laboral y profesional, colocándola en una situación de incertidumbre, respecto a la reclamación de sus derechos afectados.
I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
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