Volver a sentencias
TCP

0532/2020-S4

Tribunal Constitucional Plurinacional
6 de octubre de 2020SALA CUARTA ESPECIALIZADA
Resumen del caso

Sentencia 0532/2020-S4

Proceso
—

Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0532/2020-S4 Sucre, 6 de octubre de 2020

SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: René Yván Espada Navía Acción de amparo constitucional

Expediente: 32126-2019-65-AAC Departamento: Santa Cruz

En revisión la Resolución 142 de 19 de noviembre de 2019, cursante de fs. 176 vta. a 178, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Lucía Carlo de Cuba contra Mariela Salazar Gutiérrez, Oficial de Diligencias del Juzgado Público Familiar Décimo Tercero del departamento de Santa Cruz, en suplencia legal del Juzgado Público Civil Comercial Segundo del mismo departamento; y, Medardo Bismark Salvatierra Cuellar, representante legal del Banco Económico Sociedad Anónima (S.A.).

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Mediante memorial presentado el 13 de septiembre de 2019, cursante de fs. 50 a 58, la accionante expuso los siguientes argumentos de hecho y de derecho:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso ejecutivo por cobro de dinero, seguido por el Banco Económico S.A. en su contra, en etapa de ejecución de sentencia, de manera fraudulenta, se dispuso el remate y la adjudicación de su casa a la propia entidad ejecutante, pese a que por su parte, demostró voluntad de pago.

Agregó que durante la tramitación del proceso judicial, le rechazaron dos demandas incidentales de nulidad, la primera por notificaciones indebidas y la segunda por oposición al desapoderamiento, mediante una resolución írrita y emitida después de un año y veintitrés días, misma que fue objeto de apelación en el efecto devolutivo, cuyo trámite se encuentra pendiente de resolución; asimismo, interpuso acción de amparo constitucional contra dicha decisión, que tampoco le fue favorable, siendo ésta la razón para la interposición de la presente acción de tutela, a efectos de que se disponga la paralización de la ejecución de la sentencia, incluyendo la orden de desapoderamiento indicada, hasta que se resuelva la impugnación activada por su parte.

Afirmó ser víctima de lesión de sus derechos fundamentales y garantías constitucionales, porque no tiene otra vivienda donde trasladar a su familia, compuesta por sus pequeños hijos y su esposo enfermo, inmueble que fue adjudicado a la entidad acreedora en forma ilegal y arbitraria, dentro de un proceso tramitado con vicios de nulidad e iniciado con la emisión del Auto de "ADMISIÓN" 321/2013 de 31 de julio, que fue notificado en un domicilio distinto al señalado en la demanda ejecutiva por el Banco Económico S.A y a una persona que no era su representante legal.

Sostuvo la existencia de vicios procesales no susceptibles de convalidación en la tramitación del litigio, como la adjudicación ilegal con "triquiñuelas" jurídicas de "viviendas ajenas" otorgadas como garantía de la obligación pecuniaria otorgada por el Banco demandado, cuya resolución de ejecutoria no se le comunicó mediante notificación legal, impidiéndole con ello, impugnar la misma, "pidiendo" por ese motivo, su nulidad y "simultáneamente" el de la minuta de "adjudicación" judicial dispuesta como efecto del referido actuado.

Mostrando 13 de 61 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi Lector

Estás viendo aproximadamente el primer 20% del fallo. Activa Pixi Lector para acceder al texto íntegro y al PDF original completo.

Bs. 20/mesPixi Lector

  • Texto íntegro de las sentencias del TCP y TSJ
  • PDF oficial de cada resolución, listo para descargar
  • Citas listas para usar en tus escritos

¿Necesitas también el asistente IA? Compara todos los planes

Tribunal Constitucional Plurinacional6 de octubre de 20200532/2020-S4Fuente oficial