Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0541/2021-S1 Sucre, 14 de octubre de 2021
SALA PRIMERA Magistrada Relatora: MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo Acción de libertad
Expediente: 36220-2020-73-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 29/2020 de 1 de octubre, cursante de fs. 52 a 54 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Karina Santivel Matta Choque en representación sin mandato de Jaqueline Ramírez Tejerina contra Rafael Alcón Aliaga, Juez de Ejecución Penal Primero de la Capital del departamento de La Paz en suplencia legal de su similar Segundo.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Mediante memorial presentado el 30 de septiembre de 2020, cursante de fs. 14 a 16 vta., la accionante, a través de su representante sin mandato, expreso los siguientes argumentos de hecho y derecho:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
De la documentación adjunta, se evidencian que dentro del proceso penal que se sigue en su contra, a instancias del Ministerio Público, por el delito de evasión, se emitió Sentencia Condenatoria contra su persona con una pena privativa de libertad de tres años, librándose mandamiento de condena el 22 de septiembre de 2017; en el cual, constaba que su persona cumpliría reclusión hasta el 22 de septiembre de 2020; en ese sentido, solicitó en dos ocasiones al Juez de Ejecución Penal Primero de la Capital del departamento de La Paz en suplencia legal de su similar Segundo, que libre el correspondiente Mandamiento de Libertad en su favor (el 22 y 25 de 2020); sin embargo, dicha autoridad hasta la fecha, no dio respuesta alguna; "...YA QUE COMO SU AUTORIDAD TIENEN CONOCIMIENTO EL TELETRABAJO QUE EFECTUAN SE HIZO EL LLAMADO TANTO AL AUXILIAR COMO A LA SECRETARIA DEL DESPACHO QUIENES ME HABRIAN REFERIDO QUE A LA FECHA NO HABRIA RESPUESTA, POR LO QUE SIENDO QUE MI PERSONA SE ENCONTRARIA ILEGALMENTE DETENIDA POR UNA PENA YA CUMPLIDA MI CONDENA Y SOLICITADO SE EXPIDA MI MANDAMIENTO DE LIBERTAD EN EL DIA"(sic).
I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
La solicitante de tutela, denuncia la lesión de sus derechos; a recibir una respuesta pronta y oportuna; a la libertad y al principio de celeridad, citando al efecto el art. 24 de la Constitución Política del Estado (CPE).
I.1.3. Petitorio
No realiza ningún petitorio.
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
La audiencia pública virtual de consideración de la presente acción de libertad, fue realizada el 1 de octubre de 2020, según consta en acta cursante de fs. 50 a 51 vta., produciéndose los siguientes actuados:
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
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