Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0553/2020-S1 Sucre, 5 de octubre de 2020
SALA PRIMERA Magistrada Relatora: MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo Acción de libertad
Expediente: 33051-2020-67-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 03/2020 de 29 de enero, cursante de fs. 21 a 22, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Mario Flores Nina contra Narda Soria Galvarro Hinojosa, Jueza de Sentencia Penal Segunda en suplencia legal del Juez de Ejecución Penal Primero, ambos de El Alto del departamento de La Paz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 28 de enero de 2020, cursante de fs. 9 a 11, el accionante, expuso los siguientes argumentos de hecho y derecho:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Se encuentra recluido en el Carceleta Provincial Patacamaya del departamento de La Paz, en cumplimiento a un mandamiento de condena de seis años y ocho meses de privación de libertad dentro del proceso seguido en su contra por el delito de violación a niña, niño o adolescente en grado de tentativa; por lo que, mediante memorial presentado el 31 de octubre de 2019, solicitó al Juzgado de Ejecución Penal Primero de El Alto del departamento de La Paz, acogerse al beneficio de redención de la pena, dicho escrito se encontraba en despacho judicial a la espera de providencia hasta el 3 de diciembre de igual año; posteriormente, fue remitido al "Juzgado de Ejecución Penal y Supervisión de turno de la ciudad del departamento de La Paz" (sic); consiguientemente, al retornar de la vacación judicial pidió en reiteradas oportunidades el señalamiento de la referida audiencia de consideración a lo solicitado, la que recién fue programada para el 22 de enero de 2020; no obstante, era un feriado nacional, y tampoco se firmó la orden de conducción a efecto de su traslado para asistir al mencionado acto.
Posteriormente, el 23 de enero de 2020, su abogado defensor se apersonó al Juzgado de Ejecución Penal Primero de El Alto del departamento de La Paz, anteriormente referido, a quien se le indicó que la reprogramación de la audiencia sería de oficio; sin embargo, no se realizó, motivo por el cual, incluso se hizo el reclamo ante el Consejo de la Magistratura.
Solicitó se aplique el beneficio de redención de la pena al haber cumplido con más de las "2/5" partes de la pena desde el 31 de octubre de 2019 y a la fecha no tiene una respuesta; además, en este tiempo tampoco tuvo acceso al cuaderno de control jurisdiccional y el libro diario del referido juzgado no se descarga desde el 2 de enero de 2020, estos aspectos le ocasionaron un perjuicio e incertidumbre jurídica.
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Denuncia la lesión de sus derechos a la libertad y debido proceso, al efecto menciona los arts. 24, 117.I, 115.II y 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.I de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); y, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela; y, en consecuencia, se ordene a la autoridad demandada emita el auto de señalamiento de audiencia y consideración de redención de pena a su favor.
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