Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0557/2021-S4 Sucre, 13 de septiembre de 2021
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: René Yván Espada Navía Acción de libertad
Expediente: 35822-2020-72-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 13/2020 de 18 de septiembre, cursante de fs. 11 a 13 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Félix Mamani Arista en representación sin mandato de Edwin Raúl Cori Ramos contra José Luis Hidalgo Guarachi, Juez Público de Familia Sexto de El Alto del departamento de La Paz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 17 de septiembre de 2020, cursante de fs. 1; y, 3 vta., el accionante a través de su representante sin mandato, manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 10 de septiembre de 2020, fue diagnosticado como positivo de COVID-19; por lo que, poco a poco su estado de salud fue disminuyendo y actualmente -se entiende a la presentación de su acción de defensa- su salud se encuentra en estado crítico, pues cursa la primera etapa de dicha enfermedad y aislado en su propio domicilio.
Sin embargo, (dentro del proceso de divorcio seguido en su contra por Eloisa Gaby Rojas Villegas), el Juez Público de Familia Sexto de El Alto del departamento de La Paz -autoridad ahora demandada-, sin aplicar los principios de proporcionalidad y necesidad de la medida, mediante "providencia" -siendo lo correcto Auto de mandamiento de apremio- de 10 de igual mes y año, libró mandamiento de apremio corporal, con facultad de allanamiento, roturas de candados o chapas de las puertas; medida extrema que atenta sus derechos a la salud y a la vida; toda vez que, por circunstancias que venía atravesando en su estado de salud, corrió en peligro su vida al estar positivo de COVID-19.
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante, a través de su representante sin mandato, alegó la lesión de sus derechos a la vida y a la salud; citando al efecto los arts. 15 y 18 de la Constitución Política del Estado (CPE). I.1.3. Petitorio
Solicitó se conceda la tutela impetrada; y en consecuencia, deje sin efecto el Auto de mandamiento de apremio de 10 de septiembre de 2020 y se disponga que se dicte uno nuevo por el Juez Público de Familia Sexto de El Alto del departamento de La Paz, aplicando los principios de proporcionalidad y necesidad de la medida por la pandemia del COVID-19.
I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
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