Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0563/2021-S2 Sucre, 21 de septiembre de 2021
SALA SEGUNDA Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de libertad
Expediente: 36074-2020-73-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 15/2020 de 25 de septiembre, cursante de fs. 38 a 42, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Yelitza Dhana Rodríguez Vargas, Jacqueline Vania Vargas Fernández y Lindsay Rosario Zegarra Vargas contra Willy Cortez Quispe, Ramiro Ancari Usnayo y Willy Mamani Villca, funcionarios policiales.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 24 de septiembre de 2020, cursante de fs. 11 a 14 vta., las accionantes expresaron lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 18 de septiembre de 2020 cerca a horas 12:30, Yelitza Dhana Rodríguez Vargas, junto a su hermana "Danova" fueron al "Mercado Rodriguez" a cobrar una deuda correspondiente a unos protectores de bioseguridad que fueron entregados a Mayra Alarcón Rocha; no obstante, esta y su hermana, se alteraron por el cobro, vociferando insultos contra ellas, señalando que no iban a pagarles; en ese momento, divisaron a un policía que transitaba por el lugar, por lo que lo llamaron para hacer conocer de la agresión verbal; sin embargo, este les dijo que no podía hacer nada, y que se apersonaran a la Estación Policial Integral (EPI) de San Pedro de la ciudad Nuestra Señora de La Paz, para realizar la correspondiente denuncia.
Habiéndose constituido en dicha EPI, les señalaron que en ese momento no se contaba con funcionario policial que pueda presentarse en el lugar, motivo por el cual se retiraron. De manera posterior, Yelitza Dhana Rodríguez Vargas, junto a Jacqueline Vania Vargas Fernández (madre) y Lindsay Rosario Zegarra Vargas (hermana) volvieron al primer lugar para poder cobrar la deuda; no obstante, fueron agredidas físicamente por las supuestas deudoras, por lo que llamaron a la Policía, constituyéndose esta a horas 14:00, derivando en el traslado a la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crímen (FELCC) por riñas y peleas.
Mostrando 11 de 51 parrafos.