Volver a sentencias
TCP

0593/2021-S3

Tribunal Constitucional Plurinacional
6 de septiembre de 2021SALA TERCERA
Resumen del caso

Sentencia 0593/2021-S3

Proceso
—

Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0593/2021-S3 Sucre, 6 de septiembre de 2021

SALA TERCERA Magistrada Relatora: MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas Acción de libertad

Expediente: 37315-2021-75-AL Departamento: La Paz

En revisión la Resolución 33/2020 de 4 de diciembre, cursante de fs. 46 a 50, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Saúl Villarpando Ballesteros en representación sin mandato del menor AA contra Nancy Favian Callizaya, Secretaria del Juzgado Público Mixto de Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Pucarani del departamento de La Paz.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 3 de diciembre de 2020, cursante de fs. 4 a 6, el accionante a través de su representante sin mandato manifestó lo siguiente:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de abuso sexual y otros, ante el Juzgado Público Mixto de Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Pucarani del departamento de La Paz, el 24 de octubre de 2020 se llevó a cabo la audiencia de aplicación de medidas cautelares, habiendo la autoridad judicial mediante Auto Interlocutorio 05/2020, ordenado su detención preventiva en el Centro Penitenciario Qalauma del referido departamento, donde fue agredido físicamente, por tal razón el mismo día fue ordenado su traslado al Centro de Reintegración Social para Adolescentes Varones de la ciudad de La Paz; ante dicha situación y en uso de derecho a la defensa y al amparo de lo previsto en el art. 314 del Código Niña, Niño y Adolescente (CNNA) -Ley 548 de 17 de julio de 2014-, el 27 de octubre de 2020, interpuso apelación contra el referido Auto, y recién el 20 de noviembre del indicado año la Secretaria del mencionado Juzgado hoy accionada -a raíz de una acción de libertad-remitió la impugnación a la Sala Penal Primera; sin embargo, dicho Tribunal de alzada, mediante decreto de 23 del mismo mes y año, emitió decreto ordenando la devolución de antecedentes al Juzgado a quo debido a que no se envió el acta ni el Auto Interlocutorio 05/2020, además de que se debían completar los números de celular de los sujetos procesales, aclarando que la dilación en la resolución de la apelación era de responsabilidad del Juzgado de origen, aspectos éstos que debían ser subsanados a la brevedad posible por la Secretaria hoy accionada, quien de manera negligente remitió actuados incompletos y pese a ello, hasta la interposición de la presente acción de libertad no subsanó dichas irregularidades, perjudicando que el Tribunal de alzada resuelva su situación jurídica, evidenciándose que no se le está brindando un trato digno, desconociendo su calidad de privado de libertad, que merece ser tratado con el debido respeto.

I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados

El impetrante de tutela a través de su representante sin mandato, denuncia la lesión de sus derechos a la libertad, y a la impugnación, así como el principio de celeridad, y en audiencia señaló al debido proceso y principio de gratuidad, citando al efecto los arts. 22. I y II; 23, 73. I y II, y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE).

I.1.3. Petitorio

Solicita se conceda la tutela impetrada y se conmine a la Secretaria accionada subsane lo observado por el Tribunal de alzada dentro de las veinticuatro horas; y se remitan antecedentes a la autoridad disciplinaria.

I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías

Mostrando 15 de 71 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi Lector

Estás viendo aproximadamente el primer 20% del fallo. Activa Pixi Lector para acceder al texto íntegro y al PDF original completo.

Bs. 20/mesPixi Lector

  • Texto íntegro de las sentencias del TCP y TSJ
  • PDF oficial de cada resolución, listo para descargar
  • Citas listas para usar en tus escritos

¿Necesitas también el asistente IA? Compara todos los planes

Tribunal Constitucional Plurinacional6 de septiembre de 20210593/2021-S3Fuente oficial