Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0594/2021-S2 Sucre, 29 de septiembre de 2021
SALA SEGUNDA Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de amparo constitucional
Expediente: 36825-2020-74-AAC Departamento: Oruro
En revisión la Resolución 70/2020 de 5 de noviembre, cursante de fs. 89 a 92, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Isidoro Hinojosa Cruz contra Juan Mario Ríos Galindo, Gerente General de la Sociedad Boliviana de Cemento Sociedad Anónima (SOBOCE S.A.).
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 28 de octubre de 2020, cursante de fs. 29 a 33 vta., el accionante expresó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Desde hace diez años viene desempeñando funciones en SOBOCE S.A. en el área "Ready Mix" Regional Oruro; bajo ese contexto, como consecuencia de los maltratos psicológicos recibidos por sus empleadores con la pretensión para que se jubile; el 27 de febrero de 2020, presentó una denuncia ante la Central Obrera Departamental (C.O.D.) de Oruro, que la redirigieron o canalizaron a la Jefatura Departamental de Trabajo de Oruro; asimismo, el 14 de agosto de igual año, interpuso otra denuncia por acoso laboral ante dicha entidad administrativa.
Transcurrido algún tiempo, sus empleadores nuevamente le insistieron sobre su jubilación o caso contrario suscriba un compromiso indicando que solo trabajaría hasta finales del 2020; ante esta situación, el 18 de agosto del citado año de manera formal respondió que no se acogería a la jubilación voluntaria; lo que suscitó su desvinculación a través del Memorándum SGNRH-134/20 de igual fecha.
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